{"id":10898,"date":"2021-12-14T05:00:40","date_gmt":"2021-12-14T04:00:40","guid":{"rendered":"https:\/\/espai-marx.net\/?p=10898"},"modified":"2021-12-13T08:06:43","modified_gmt":"2021-12-13T07:06:43","slug":"la-critica-del-joven-marx-a-hegel-el-manuscrito-de-kreuznach","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/espai-marx.net\/?p=10898","title":{"rendered":"La cr\u00edtica del joven Marx a Hegel. El Manuscrito de Kreuznach"},"content":{"rendered":"<p><strong>1. Introducci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>El <em>Manuscrito de Kreuznach<\/em>[1] \u2013o <em>Cr\u00edtica a la filosof\u00eda del Estado de Hegel<\/em>\u2013 es un texto de 1843 en el que el joven Marx critica la concepci\u00f3n del Estado de Hegel en su libro <em>Principios de filosof\u00eda del derecho<\/em>.[2] Comenta casi p\u00e1rrafo por p\u00e1rrafo los pasajes \u00a7261-313, es decir, la parte III correspondiente a la Eticidad y m\u00e1s concretamente la tercera secci\u00f3n que versa sobre el Estado. Cabe se\u00f1alar, sin embargo, que cuando D. Riazanov publica en el Instituto Marx y Engels de la URSS el manuscrito en 1927, las cuatro primeras p\u00e1ginas no estaban, de manera que no tenemos ni el t\u00edtulo original que Marx dio al texto ni el comentario a los pasajes \u00a7257-261. Se da, por tanto, el nombre de <em>Manuscrito de Kreuznach<\/em> porque fue redactado en aquella peque\u00f1a ciudad alemana cuando Marx, de 25 a\u00f1os, se dirig\u00eda al exilio parisino tras ser perseguido por el Estado prusiano. La idea de Marx era realizar un extenso art\u00edculo de cr\u00edtica a Hegel que nunca lleg\u00f3 a ser publicado.[3] La edici\u00f3n que manejaba Marx era la de Gans de 1833 que ya se difund\u00eda por los c\u00edrculos hegelianos. En ella Gans recog\u00eda numerosas adiciones (<em>Zus\u00e4tze<\/em>) que son sobre las que, en muchos casos, apunta J. L. Vermal en el pr\u00f3logo a su edici\u00f3n del libro, trabaja Marx en este texto. Recordemos que el propio Gans dio clases sobre este libro a las que acudi\u00f3, entre otros, un joven Marx en 1837\/38.[4]<\/p>\n<p>Aqu\u00ed proponemos tres ideas principales que dar\u00edan cuenta, <em>grosso modo<\/em>, de la totalidad de la cr\u00edtica: 1) Marx pretende desvelar las inversiones de sujeto en objeto y viceversa con las que opera Hegel, tomando prestadas las ideas y conceptos principales de la cr\u00edtica que le realiza Feuerbach, aunque veremos que esta tarea que se impone Marx es algo problem\u00e1tico porque en algunos casos parte de una visi\u00f3n de Hegel que no hace justicia a la verdad; 2) si bien Hegel reconoce que la moderna e incipiente sociedad civil contiene serias amenazas para la vida en comunidad, que son posteriormente armonizadas en un momento superior que ser\u00eda el Estado, Marx se\u00f1ala que Hegel no consigue contener a la perfecci\u00f3n a la sociedad civil y que, de hecho, lo que acaba ocurriendo es que, al rev\u00e9s, es la sociedad civil la que determina al Estado por medio de la propiedad privada; 3) al desterrar de la centralidad la Idea y su encarnaci\u00f3n en el Estado hegeliano, Marx, con Feuerbach, propone poner en su lugar al ser humano, de manera que la realizaci\u00f3n de su esencia pol\u00edtica ya no ser\u00e1 bajo el Estado mon\u00e1rquico constitucional sino en un estado democr\u00e1tico y republicano.<\/p>\n<p>Al final del epilogo a la segunda edici\u00f3n de <em>El capital<\/em> escrito en 1873, Marx ajusta cuentas con Hegel, de quien se reivindica disc\u00edpulo y se\u00f1ala que pretende devolver el \u00edmpetu a su filosof\u00eda, la cual hab\u00eda sido tratada, dice, de \u00abperro muerto\u00bb por los int\u00e9rpretes de la \u00e9poca. Ya desde los inicios de su coqueteo con Hegel dedic\u00f3 sus esfuerzos a criticar el aspecto mistificador de su dial\u00e9ctica, a ponerla del rev\u00e9s. Una cr\u00edtica que comenzaba \u00abhace casi treinta a\u00f1os\u00bb, esto es, en 1843, fecha de nuestro manuscrito.[5] Aunque en lo que a trasfondo y profundidad filos\u00f3fica se refiere quiz\u00e1s haya que mantenerse esc\u00e9pticos y recordar que esta caracterizaci\u00f3n de su dial\u00e9ctica la ha hecho en un pr\u00f3logo \u2013y los pr\u00f3logos son, especialmente para el hegelianismo y el marxismo, las p\u00e1ginas donde sus int\u00e9rpretes frecuentemente han tomado la parte por el todo dando lugar a numerosas confusiones y malinterpretaciones. Entremos de lleno en el texto para arrojar luz a la siempre interesante y controvertida dupla Hegel-Marx.<\/p>\n<p><strong>2. Contexto hist\u00f3rico y pol\u00edtico de la redacci\u00f3n del manuscrito<\/strong><\/p>\n<p>Muchas de las posturas reflejadas en este borrador pueden ser rastreadas en sus art\u00edculos period\u00edsticos en la <em>Gaceta Renana<\/em> (<em>Rheinische Zeitung<\/em>). Sin embargo, hay que enmarcar este manuscrito en un momento de desintegraci\u00f3n del peri\u00f3dico y del proyecto de los j\u00f3venes hegelianos, y de desaz\u00f3n de Marx con la imposibilidad de realizar ning\u00fan cambio pol\u00edtico sustantivo en Alemania.[6]<\/p>\n<p>Marx ha sido ya en el periodo liberal de la <em>Rheinische Zeitung<\/em> un fuerte cr\u00edtico de la monarqu\u00eda prusiana, a la que se\u00f1ala como el principal obst\u00e1culo para la equiparaci\u00f3n de Alemania con las dem\u00e1s naciones modernas. Ha criticado la estructura eminentemente feudal de las estructuras administrativas y sus leyes que siguen defendiendo intereses privados en base a la organizaci\u00f3n en estamentos (<em>St\u00e4nde<\/em>). En la Introducci\u00f3n de 1844,[7] apunta que Alemania a\u00fan est\u00e1 en su minor\u00eda de edad y a lo m\u00e1s que aspira es a una serie de literatos rom\u00e1nticos que, desencantados con la Revoluci\u00f3n Francesa y su apropiaci\u00f3n de Roma, vuelven la cabeza moment\u00e1neamente a Grecia, para acabar en la exaltaci\u00f3n de la Edad Media como un periodo donde la escisi\u00f3n de los tiempos modernos a\u00fan no ha tenido lugar.<\/p>\n<p>Sin embargo, prosigue Marx en la argumentaci\u00f3n de la Introducci\u00f3n,[8] hay un \u00e1mbito en el que Alemania puede competir contra las dem\u00e1s potencias europeas: el del pensamiento.[9] Y m\u00e1s concretamente, es Hegel la punta de lanza de la filosof\u00eda alemana. Este fue un fil\u00f3sofo tremendamente revolucionario, piensa Marx. Consigui\u00f3 crear un sistema filos\u00f3fico del mundo moderno capaz de desvelar hasta la m\u00e1s escondida de sus contradicciones. Tuvo que bregar con las primeras consecuencias pol\u00edticas, econ\u00f3micas y sociales del incipiente capitalismo y contribuy\u00f3 decisivamente a toda la resignificaci\u00f3n de los conceptos claves \u2013Koselleck llama a este periodo de 1750-1850: <em>Sattelzeit<\/em>\u2013[10] para la construcci\u00f3n pol\u00edtica e intelectual de la modernidad. As\u00ed, no solo Hegel sino todos los pensadores de este momento hist\u00f3rico lidiaron con el nuevo atomismo, la anomia, la individualizaci\u00f3n, etc., e intentaron superarlo buscando f\u00f3rmulas para la cohesi\u00f3n social, la falta de gu\u00eda moral o el problema del Estado y la sociedad civil, recordando los errores del pasado \u2013de la Revoluci\u00f3n francesa\u2013 que dejaron a los pueblos devastados por el terror y hu\u00e9rfanos de valores comunes.[11]<\/p>\n<p>Sin embargo, Marx considera que el \u00e1mbito del pensamiento especulativo no es suficiente para realizar una revoluci\u00f3n en Alemania. De la misma manera que Feuerbach hab\u00eda se\u00f1alado la imperiosa necesidad de negar la conciencia religiosa del mundo moderno para poder desplegar las virtudes del ser humano como ser gen\u00e9rico (<em>Gattungswessen<\/em>), lo que intenta Marx entonces es rescatar ese potencial revolucionario de Hegel que est\u00e1 mistificado y realizarlo en la praxis pol\u00edtica. Esto es, negar a Hegel, ponerlo del rev\u00e9s, invertirlo, desmistificarlo, aunque como ya hemos anticipado, y desarrollaremos m\u00e1s adelante, esta pretensi\u00f3n de Marx parte de una lectura de este muy feuerbachiana y limitada. El \u00e1mbito del pensamiento, la filosof\u00eda, la entiende Marx como cr\u00edtica, como la \u00abcr\u00edtica despiadada\u00bb de todo lo existente. Una cr\u00edtica no ya abstracta como Hegel y tantos otros j\u00f3venes hegelianos hab\u00edan propuesto, sino una cr\u00edtica que consista en negar la teorizaci\u00f3n indeterminada y tornarse praxis; de la cr\u00edtica especulativa a la cr\u00edtica pol\u00edtico-pr\u00e1ctica.[12] Y es que una vez la teor\u00eda penetra en las masas es posible negar el aspecto abstracto de la filosof\u00eda y realizarla en la praxis, realizar la revoluci\u00f3n: \u00aben un pueblo, la teor\u00eda s\u00f3lo se realiza en la medida en que es la realizaci\u00f3n de sus necesidades\u00bb.[13] Ser\u00e1n las masas encarnadas en aquel sujeto llamado proletariado \u2013a\u00fan no sociologizado sino que hace referencia a una clase pol\u00edtica, aunque ya en la Introducci\u00f3n empieza Marx a hablar del proletariado frente a burgues\u00eda\u2013 que es el sujeto que nada tiene que perder salvo sus cadenas, es el sujeto de la no-identidad, aquel capaz de negar todo lo existente, aniquilarlo y reconstruirlo. El proletariado, dice aqu\u00ed ya Marx, puede erigirse como representante de todas las clases \u2013aunque ser\u00eda m\u00e1s correcto interpretarlo aqu\u00ed como estamentos\u2013 porque no tiene nada en su posesi\u00f3n y, por tanto, no tiene intereses particulares.<\/p>\n<p><strong>3. Presupuestos te\u00f3ricos de la cr\u00edtica<\/strong><\/p>\n<p>Es necesario destacar un punto fundamental y es el lugar que ocupa el manuscrito en la obra de Marx. Este hace una f\u00e9rrea oposici\u00f3n, casi sistem\u00e1tica, sin destacar apenas cosas positivas de Hegel \u2013en algunos casos incluso intentando encajar con dificultad su argumentario en un Hegel que expl\u00edcitamente est\u00e1 ya en contra de lo que Marx le est\u00e1 achacando\u2013 porque a\u00fan no tiene un sistema filos\u00f3fico desplegado capaz de integrar a otros.[14] A\u00fan est\u00e1 sacudi\u00e9ndose el idealismo hegeliano y sopesando con qu\u00e9 quedarse y con qu\u00e9 no. En este sentido, el texto es relevante porque presenta ciertas rupturas metodol\u00f3gicas que analizaremos m\u00e1s adelante.<\/p>\n<p>Indudablemente Feuerbach es la clave de b\u00f3veda de toda la cr\u00edtica de Marx. Feuerbach argumenta que Hegel quiso derivar la ciencia humana del concepto, de la l\u00f3gica, y que en su lugar la verdadera ciencia humana ha de ser derivada de la esencia humana: la filosof\u00eda de Hegel es la prolongaci\u00f3n de la teolog\u00eda; niega al hombre por afirmar a Dios. La conciencia religiosa afirma en Dios lo que niega en el hombre, el hombre no existe por s\u00ed mismo, no es el sujeto de su propia existencia. Y como resultado de esto el hombre no puede autodeterminarse, no puede autoconstituirse si ya existe otro sujeto absoluto: Dios. En palabras del propio Feuerbach: \u00abQuien no abandona la filosof\u00eda hegeliana, no abandona la teolog\u00eda. La doctrina hegeliana de que la naturaleza, la realidad es puesta por la idea, es \u00fanicamente la expresi\u00f3n racional de la doctrina teol\u00f3gica de que la naturaleza es creada por Dios, el ser (<em>Wesen<\/em>) material por un ser (<em>Wesen<\/em>) inmaterial, es decir, abstracto\u00bb.[15]<\/p>\n<p>Sabemos el gran impacto que <em>La esencia del cristianismo<\/em> y <em>Principios de la filosof\u00eda del futuro<\/em> tuvieron en Marx; \u00e9l mismo considera estas obras como las m\u00e1s importantes dentro de toda la literatura alemana del momento.[16] Es a trav\u00e9s de Feuerbach que Marx empieza a dar sentido a su materialismo \u2013un materialismo sensualista y antropol\u00f3gico que considera al hombre como sujeto, como ser gen\u00e9rico (<em>Gattungswessen<\/em>).<\/p>\n<p>Si bien de este materialismo Marx eventualmente acaba escapando y fruto de ello son la <em>Sagrada familia<\/em> (1844-45), las <em>Tesis sobre Feuerbach<\/em> (1845) y la <em>Ideolog\u00eda alemana<\/em> (1845-46), la cr\u00edtica de Feuerbach a Hegel le acompa\u00f1ar\u00e1 toda la vida. \u00bfEn qu\u00e9 sentido? Feuerbach entend\u00eda que Hegel hab\u00eda hecho de la Idea el sujeto de su sistema, de tal manera que habr\u00eda una sustancia de la que se derivan todos los predicados y la cual supone ya toda la realidad. De esta manera todo est\u00e1 ya predeterminado y presupuesto en la Idea y la <em>L\u00f3gica<\/em> da cuenta solo de c\u00f3mo se despliega, y de la verdad que genera en este proceso. De suerte que tenemos un sistema donde existe una totalidad que clausura y predispone a su antojo. Y as\u00ed ha pasado Hegel a la historia de la filosof\u00eda como el pensador de lo Absoluto. En el <em>Manuscrito de Kreuznach<\/em> esta idea est\u00e1 por todas partes, pero tambi\u00e9n en el Marx de <em>El capital<\/em>. No hay m\u00e1s que echar un vistazo, de nuevo, al ep\u00edlogo a la segunda edici\u00f3n de <em>El capital<\/em> \u2013con la cautela que antes hemos comentado\u2013 cuando se\u00f1ala que para Hegel \u00abel proceso del pensar, al que convierte incluso, bajo el nombre de idea, en un sujeto aut\u00f3nomo, es el demiurgo de lo real, lo real no es m\u00e1s que su manifestaci\u00f3n externa\u00bb.[17] Rompiendo una lanza a favor de Feuerbach diremos que no solo \u00e9l tuvo esta mala interpretaci\u00f3n de un sistema clausurado, sino que desarrollos similares se pueden encontrar en Levinas, Derrida o Karl Popper, entre otros.[18] Naturalmente, los diferentes seminarios antihegelianos que se produjeron a la muerte de Hegel tuvieron tambi\u00e9n un gran impacto en toda una generaci\u00f3n de j\u00f3venes fil\u00f3sofos. Sin ir m\u00e1s lejos, a los seminarios de Schelling, a quien le hab\u00edan encargado eliminar \u00abla semilla del drag\u00f3n pante\u00edsta hegeliano\u00bb[19] asistieron, por ejemplo, Ruge, Bakunin o Engels. Es decir, asisti\u00f3 gran parte de los j\u00f3venes hegelianos. Engels no cedi\u00f3 frente a las cr\u00edticas de Schelling, y as\u00ed dej\u00f3 constancia en varios escritos de juventud, como en <em>Schelling sobre Hegel<\/em> y <em>Schelling y la Revelaci\u00f3n<\/em>,[20] publicados bajo pseud\u00f3nimo donde defend\u00eda a Hegel \u2013o, mejor dicho, a la escuela de j\u00f3venes hegelianos.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n Feuerbach asisti\u00f3 a las clases de Trendelenburg, el traductor de Arist\u00f3teles, con su cr\u00edtica a la dial\u00e9ctica hegeliana. No se puede derivar el devenir, dec\u00eda Trendelenburg, el puro movimiento, de dos polos opuestos y completamente est\u00e1ticos como el ser y la nada si no est\u00e1 ya presupuesto de antemano el devenir en la relaci\u00f3n. Adem\u00e1s, por tanto, Hegel no suspende toda presuposici\u00f3n al inicio de la <em>Ciencia de la l\u00f3gica<\/em>, sino que intercala elementos emp\u00edricos. Los opuestos no pueden ser mediados porque se excluyen absolutamente y solo se podr\u00edan mediar, mal que le pese a Hegel, mediante elementos emp\u00edricos \u2013y para Marx y Feuerbach esto es lo que termina haciendo este. En efecto, Marx conoc\u00eda el libro de Trendelenburg de 1840, <em>Investigaciones l\u00f3gicas<\/em>, donde expone su cr\u00edtica a Hegel[21] y veremos en el art\u00edculo partes del manuscrito donde aplica sus ideas.<\/p>\n<p>Finalmente, en cuanto al plano pol\u00edtico-jur\u00eddico, cabe mencionar la influencia del escrito de 1842 de Arnold Ruge publicado en los <em>Anales alemanes<\/em> (<em>Deutsch Jahrb\u00fccher<\/em>), <em>La filosof\u00eda del derecho de Hegel y la pol\u00edtica actual<\/em>, donde Ruge le critica que hace pasar la historia concreta como un desarrollo l\u00f3gico de la idea, esto es, el mayorazgo, la monarqu\u00eda hereditaria y, en definitiva, el Estado prusiano mismo como lo efectivamente real:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 80px;\">El defecto general de toda la filosof\u00eda de Hegel, de ubicarse en un punto de vista te\u00f3rico, al margen de la historia concreta, es asimismo el de su Filosof\u00eda del Derecho. No se puede considerar el Estado en s\u00ed y separarlo de la historia, porque toda concepci\u00f3n del Estado y, de una manera m\u00e1s general, toda filosof\u00eda, es el producto de la historia. Por esa misma raz\u00f3n, no se puede considerar la Constituci\u00f3n, es decir, una forma determinada del Estado, como una instituci\u00f3n eterna y absoluta, porque un Estado determinado s\u00f3lo constituye un momento de la existencia del Esp\u00edritu, que se realiza en \u00e9l en el plano de la historia.[22]<\/p>\n<p>Este es un punto clave ya que va a situar a Marx en la l\u00ednea de cr\u00edtica a Hegel por ser un apologeta del Estado prusiano, quiz\u00e1s el mayor error en este texto.<\/p>\n<p>\u00bfEn qu\u00e9 sentido no es exacto considerar a Hegel como un elogiador de lo emp\u00edrico, esto es, del Estado tal como se presentaba en su momento hist\u00f3rico? De la siguiente manera: a este no le interesa lo existente, lo emp\u00edrico, la <em>Realit\u00e4t<\/em>, sino lo actual, la realidad devenida y efectiva, la <em>Wirlichkeit<\/em>. La famosa sentencia del prefacio a la <em>Filosof\u00eda del derecho<\/em> \u00ablo que es racional es real, y lo que es real es racional\u00bb[23] no es, como ya se ha demostrado en numerosas ocasiones, una oda a la realidad seg\u00fan se presenta y seg\u00fan existe, sino que <em>lo real<\/em> es autorrealizaci\u00f3n de la libertad en la pr\u00e1ctica. M\u00e1s claro queda en las <em>Lecciones sobre filosof\u00eda de la historia universal<\/em> cuando dice que \u00abquien mira el mundo racionalmente, \u00e9se lo contempla tambi\u00e9n racionalmente; ambas cosas se determinan mutuamente\u00bb.[24] Lo verdadero, lo real, ha de ser desentra\u00f1ado, exprimido de la <em>Realit\u00e4t<\/em>, mediante la raz\u00f3n. El Estado, en este sentido, es la realizaci\u00f3n de la eticidad misma, de la eticidad f\u00e1ctica. Hegel habla de la idea de Estado, no del Estado del momento; realmente todos los Estados del momento ser\u00edan Estados fallidos.[25] La cuesti\u00f3n es que, para Marx, ese devenir en Hegel vendr\u00eda impulsado por una instancia superior y es en este sentido que se\u00f1ala, con Feuerbach, la vuelta de la religi\u00f3n. Sin embargo, en Hegel no hay tal sustancia o instancia primera supramundana, sino que la raz\u00f3n es radicalmente mundana, inmanente. De hecho, comenta Marx: \u00abno hay que hacerle un cargo a Hegel porque describe el ser del Estado moderno tal cual es, sino porque da <em>por ser del Estado<\/em> lo que es. Que lo racional sea real, esto est\u00e1 precisamente en <em>contradicci\u00f3n<\/em> con la <em>realidad irracional<\/em>, que en todas partes es lo contrario de lo que expresa y expresa lo contrario de lo que es ella\u00bb.[26] Sin embargo, aunque Marx no acepte verlo, est\u00e1 en plena concordancia con Hegel en esto.<\/p>\n<p>Por otro lado, adem\u00e1s, tanto Marx como otros j\u00f3venes hegelianos de la \u00e9poca, al centrarse demasiado en desmontar al viejo Hegel como defensor del Estado prusiano, no prestaron tanta atenci\u00f3n a ciertos escritos de juventud \u2013como por ejemplo <em>La constituci\u00f3n de Alemania<\/em>\u2013 donde con un r\u00e1pido vistazo se puede ver que expl\u00edcitamente Hegel est\u00e1 lejos de apostar por el emp\u00edrico Estado prusiano. Sobre todo, porque, en caso de que efectivamente lo estuviera glorificando, lo habr\u00eda hecho con el Estado liberal previo a los decretos de Karlsbad de 1819. Recordemos que la <em>Filosof\u00eda del derecho<\/em> es su filosof\u00eda pol\u00edtica desplegada en un libro aparte, pero no es el primer lugar donde reflexiona sobre el Estado. Lejos de los escritos de juventud, ya en la <em>Enciclopedia<\/em> de 1817 en el apartado dedicado a la segunda secci\u00f3n de la filosof\u00eda del esp\u00edritu objetivo o en los cursos dedicados al <em>Derecho natural y la ciencia del Estado<\/em> de 1818- 181927 tampoco se encuentra rastro de glorificaci\u00f3n. De hecho, fruto de la censura a las universidades acto seguido en 1820, este profesor de Berl\u00edn tuvo que reformular el pr\u00f3logo, y es en este sentido como habr\u00eda que entender el cierto aire de conformismo por miedo a represalias pol\u00edticas con que inicia el libro. En cualquier caso, la cuesti\u00f3n es que a Hegel tambi\u00e9n le afect\u00f3 la censura. En otros casos, simplemente, tal como se\u00f1ala Avineri,[28] Marx no pudo conocer algunas obras de este que fueron publicadas m\u00e1s tarde como <em>System der Sittlichkeit<\/em> y <em>Realphilosophie<\/em> por lo que, por ejemplo, se qued\u00f3 con que la concepci\u00f3n del trabajo en Hegel es estrictamente positiva porque domina la naturaleza, pero en los primeros ensayos pol\u00edticos tambi\u00e9n se\u00f1al\u00f3 que el trabajo produce alienaci\u00f3n.[29]<\/p>\n<p><strong>4. Sobre la inversi\u00f3n de la Idea en sujeto<\/strong><\/p>\n<p>Empecemos por la idea central de la cr\u00edtica: la inversi\u00f3n del sujeto en objeto, y viceversa, que, si bien es la parte m\u00e1s d\u00e9bil de la cr\u00edtica, es importante porque pone los cimientos para una futura rearticulaci\u00f3n del m\u00e9todo marxista \u2013que ver\u00e1 su forma acabada ya en la cr\u00edtica de la econom\u00eda pol\u00edtica. El Estado, dice Hegel, se escinde en dos esferas finitas, en sus dos nociones, para luego reintegrarlas en el momento del <em>para s\u00ed<\/em> mediante una operaci\u00f3n l\u00f3gica. Familia y sociedad civil es la materia con la que se mediatiza el Estado en sus dos esferas ideales. Pero, apunta Marx, es, en \u00faltima instancia, una mediaci\u00f3n consigo mismo, pero en el plano de la especulaci\u00f3n; en realidad esto no es m\u00e1s que \u00abel fen\u00f3meno de una mediaci\u00f3n\u00bb,[30] pura apariencia. A juicio de Marx (y Ruge) la idea real opera aqu\u00ed con un empirismo vulgar que alza el concreto Estado moderno que analiza Hegel como el modelo universal de realizaci\u00f3n de la Idea. Anulando, parad\u00f3jicamente, y esto es lo que critica Marx con Ruge, cualquier pretensi\u00f3n de historicismo en la idea del Estado. Es una mediaci\u00f3n consigo mismo porque, dice Marx, siguiendo a Trendelenburg, no puede haber una mediaci\u00f3n entre t\u00e9rminos que antes se contrapon\u00edan. Por ejemplo, en el caso del pr\u00edncipe que mediar\u00eda entre el elemento constituyente y el poder gubernativo, como veremos: \u00ab\u00bfc\u00f3mo har\u00eda de mediador entre elementos que necesita para su propio termino mediador, para no ser un extremo unilateral? Aqu\u00ed se presenta toda la absurdidad de esos extremos que desempe\u00f1an alternativamente ora el papel de extremo ora el papel de termino mediador\u00bb.31<\/p>\n<p>Respecto de la consideraci\u00f3n del Estado como organismo cuyos aspectos diferenciados son as\u00ed los diversos poderes con sus tareas y actividades que se relacionan entre s\u00ed,[32] dice Marx que, de nuevo, tenemos la inversi\u00f3n l\u00f3gica ocultada tras la palabra \u00abas\u00ed\u00bb. Genera una apariencia fenom\u00e9nica que hace derivar, de manera l\u00f3gica, esos poderes del desarrollo y evoluci\u00f3n de la idea. Es decir, no dice nada m\u00e1s que volver a se\u00f1alar su panlogismo. De hecho, cuando Hegel afirma que \u00abel Estado es un organismo, es decir, el desarrollo de la idea en sus diferencias\u00bb,[33] no est\u00e1 dando m\u00e1s informaci\u00f3n sobre la constituci\u00f3n interna del Estado m\u00e1s que \u00e9sta deriva de la Idea. No dice nada de su <em>differentia specifica<\/em>.[34] El Estado no opera respecto de su naturaleza espec\u00edfica, sino que opera de acuerdo con la naturaleza del concepto. As\u00ed, vuela los puentes que podr\u00edan hacer pasar \u00abde la idea general del organismo a la idea determinada del organismo del Estado o de la constituci\u00f3n pol\u00edtica\u00bb.[35]<\/p>\n<p>En Hegel es el Estado el que realiza efectivamente esta eticidad, es decir, es el <em>momento<\/em> donde mejor van a coincidir los intereses individuales con los intereses universales. Marx, entonces, se\u00f1ala la opresi\u00f3n que ejerce el Estado sobre ambas: \u00abel Estado brota de aqu\u00ed de un modo inconsciente y arbitrario. La familia y la sociedad civil aparecen como el sombr\u00edo fondo natural sobre el cual derrama su luz el Estado\u00bb.[36] Critica que el Estado sea la potencia superior de la que dependen ambos momentos para realizar su eticidad. Que la voluntad general y la libertad solo se puedan dar en el Estado, dice Marx, anula la dimensi\u00f3n pol\u00edtica de los momentos previos, los convierte en predicados, \u00abla condici\u00f3n pasa a ser condicionado\u00bb.[37] La l\u00f3gica deja echado un velo sagrado sobre la pol\u00edtica que la mistifica; queda as\u00ed condensado \u00abtodo el misterio de la filosof\u00eda del derecho y de la filosof\u00eda hegeliana en general\u00bb.[38] Marx, a trav\u00e9s de Feuerbach, ve c\u00f3mo Hegel ha tra\u00eddo de vuelta las l\u00f3gicas religiosas al hacer girar en torno al Estado toda la pol\u00edtica, como si fuera el nuevo sujeto absoluto de la pol\u00edtica en vez de tener la forma del hombre, mientras que, en contraposici\u00f3n, dice: \u00abal igual que en la cr\u00edtica de la religi\u00f3n llevada a cabo por Feuerbach, nuestra finalidad no es otra que la de conducir a forma humana autoconsciente todas las cuestiones religiosas y pol\u00edticas\u00bb.[39]<\/p>\n<p>En este sentido, la principal ruptura metodol\u00f3gica viene ejemplificada en el siguiente p\u00e1rrafo:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 80px;\">la cr\u00edtica verdaderamente filos\u00f3fica de la constituci\u00f3n actual del Estado no se limita a demostrar que las contradicciones existen, sino que las <em>explica<\/em>, comprende la g\u00e9nesis, la necesidad de las mismas. Las considera en su <em>propia<\/em> significaci\u00f3n. Pero este <em>entendimiento<\/em> no consiste, como cree Hegel, en reconocer en todas partes las determinaciones del concepto l\u00f3gico, sino en concebir la l\u00f3gica especial del objeto especial.[40]<\/p>\n<p>O dicho con el mantra pol\u00edtico de Lenin, el an\u00e1lisis concreto de la realidad concreta. Aqu\u00ed yace la fundamental diferencia entre la dial\u00e9ctica de Hegel y la de Marx que a lo largo de los a\u00f1os ir\u00e1 perfeccionando pero que nunca dejar\u00e1 de ser deudora de Hegel. Marx quiere derivar la universalidad del objeto a partir de su propia constituci\u00f3n mientras que Hegel, a juicio de Marx, trata de derivar la existencia del objeto de la naturaleza del concepto, esto es, el destino del objeto queda \u00absellado en los sagrados registros de la Santa Casa de la L\u00f3gica\u00bb.[41] El objeto queda reducido no al inicio de la experiencia sino a una forma pasiva que permite el despliegue de la idea, la l\u00f3gica ya ha determinado previamente a las realidades emp\u00edricas. Por eso Marx le achaca que el esp\u00edritu cae en el empirismo vulgar o el materialismo grosero, porque adopta acr\u00edticamente la existencia emp\u00edrica.<\/p>\n<p><strong>5. Estado y sociedad civil, y viceversa<\/strong><\/p>\n<p>Frente a esas interpretaciones que consideran al Estado como la encarnaci\u00f3n de la Idea que subsume sus momentos anteriores baste decir unas palabras para defender a Hegel. En l\u00ednea con la cr\u00edtica a las \u00e9ticas formalistas, contra las que se posiciona claramente en el pr\u00f3logo de la <em>Filosof\u00eda del derecho<\/em>, que elevan los fundamentos del obrar a una suerte de ec\u00famene moral, la libertad que ahora \u00abha devenido mundo existente\u00bb[42] no puede sostenerse en la subjetividad y el capricho, sino que existe un fondo estable y objetivo: \u00ablas instituciones y leyes existentes en y por s\u00ed\u00bb.[43] Por eso, el \u00faltimo momento de la eticidad, tras la familia y el v\u00ednculo de amor, y el momento de intereses particulares y econ\u00f3micos (sociedad civil), tiene que ver con el libre sometimiento racional a los poderes pol\u00edticos (Estado).<\/p>\n<p>El Estado, entonces, es la sustancia \u00e9tica, lo en s\u00ed y para s\u00ed racional y la m\u00e1s alta instancia de la libertad concreta. La libertad individual concreta no es un mero arbitrio subjetivo, sino que es verdadera libertad cuando se inserta en la libertad de las instituciones pol\u00edticas que le permiten desplegar todo su potencial; tenemos en Hegel una alabanza de las instituciones estatales y desde luego no del estado liberal atom\u00edstico. Frente a la com\u00fan idea liberal de que habr\u00eda que sacrificar parte de la libertad individual para formar un Estado, este dir\u00e1 que no es sacrificar sino realizarla efectivamente en el marco de una comunidad pol\u00edtica.<\/p>\n<p>Este marco es la adecuaci\u00f3n de las formas del derecho y la ciencia pol\u00edtica a su noci\u00f3n, esto es, la racionalidad suprime y eleva ciertos aspectos del contenido de estos conceptos para que puedan, as\u00ed, cumplir todas sus potencialidades objetivas como Estado. No es una simple instancia superior que subsume sus dos momentos anteriores, sino que las asume y reformula y establece una nueva relaci\u00f3n entre ellos, la familia y sociedad civil, y el Estado: cada uno refleja ahora desde su perspectiva a los otros dos.<\/p>\n<p>Las personas, entendidas estas a la manera hegeliana, si solo se las entiende con referencia al momento subjetivo y formal, son meras abstracciones a las cuales Hegel se quiere oponer. Los sujetos solo adquieren su verdadera identidad y fondo mediante la integraci\u00f3n en un sistema org\u00e1nico de interdependencia[44] donde pueden ya reconocerse entre s\u00ed por cumplir ciertas funciones o roles dentro de la sociedad civil. Y solo aqu\u00ed, en el sistema de las necesidades, y as\u00ed, en el reconocimiento mutuo en el seno de la comunidad que satisface los intereses de todos, es cuando tiene sentido por primera vez hablar de <em>hombre<\/em>.[45]<\/p>\n<p>Es cierto que el primer momento de la sociedad civil tiene que ver con la satisfacci\u00f3n de intereses y necesidades de unos sujetos orientados racionalmente en el mercado, pero de ning\u00fan modo termina aqu\u00ed, sino que tiene como objetivo la satisfacci\u00f3n de las necesidades de todos los dem\u00e1s. No hay lugar, de nuevo, para una interpretaci\u00f3n atom\u00edstica-liberal del sujeto como un mero <em>homo oeconomicus<\/em>. Y para solventar la contingencia de la sociedad civil Hegel apuesta por las corporaciones y polic\u00eda,[46] aunque se da cuenta en la exposici\u00f3n de que el estamento principal de la sociedad moderna, el industrial (<em>Fabrikantenstand<\/em>), opera con unas l\u00f3gicas \u2013\u00abinsaciabilidad, desmesura y falta de l\u00edmites en la acumulaci\u00f3n de riqueza\u00bb,[47] am\u00e9n de un \u00abansia de lujo y derroche de la clase industrial que se relaciona con el surgimiento de la plebe\u00bb\u2013[48] que, sin embargo, no pueden ser auto-reguladas y que exigen salirse de la inmanencia del despliegue del esp\u00edritu objetivo hasta ahora y buscar una regulaci\u00f3n en el siguiente momento, esto es, en el Estado.<\/p>\n<p>Los individuos adquieren su verdadera realizaci\u00f3n en la sociedad civil y en el marco de una divisi\u00f3n social del trabajo donde por medio de su \u00abactividad, diligencia y habilidad\u00bb[49] se convierten en pieza fundamental de un momento de la sociedad civil y pueden adscribirse a una clase \u2013entendido aqu\u00ed como estamento y no como <em>Klasse<\/em>; esta \u00faltima denominaci\u00f3n la reserva Hegel solo para cuando hace clasificaciones con criterio puramente econ\u00f3mico\u2013 ya que sin esta el hombre es \u00abuna mera persona privada y no est\u00e1 en una universalidad real\u00bb.[50] Aqu\u00ed entran las corporaciones como elemento de cohesi\u00f3n social y creador de cierta solidaridad comunitaria que permite desplegar la identidad y, sobre todo, y esta es la clave, hacer coincidir los intereses dispersos de los sujetos en un fin superior.[51]<\/p>\n<p>Hegel anticipa de alguna manera en este sentido muchas de las caracterizaciones de Marx acerca del mercado. Ambos lo entienden como la apariencia de una estructura m\u00e1s profunda que, si bien para Hegel son los estamentos arm\u00f3nicamente organizados, para Marx es el conflicto irresoluble \u2013desde los propios par\u00e1metros de la sociedad civil\u2013 entre clases.[52]<\/p>\n<p>Valga esta breve argumentaci\u00f3n para refutar gran parte de la cr\u00edtica de los primeros p\u00e1rrafos del manuscrito antes expuesta. De hecho, en Hegel el Estado no tiene como fin la coerci\u00f3n y subsunci\u00f3n de los momentos inferiores, sino que es la m\u00e1xima realizaci\u00f3n de la libertad donde el bienestar y felicidad de los sujetos es absolutamente indispensable para el buen funcionamiento del estado.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 80px;\">Se ha dicho con frecuencia que la finalidad del Estado es la felicidad de los ciudadanos. Esto es evidentemente cierto en la medida en que, si no se sienten bien con \u00e9l, si no se satisface su fin subjetivo, no considerar\u00e1n que el Estado como tal es la mediaci\u00f3n de esa satisfacci\u00f3n, con lo cual \u00e9ste estar\u00e1 asentado sobre cimientos poco s\u00f3lidos.[53]<\/p>\n<p>Tanto la felicidad como el bien particular son necesarios para el Estado, lo \u00fanico que est\u00e1 apuntando Hegel, en l\u00ednea con Arist\u00f3teles, es que es en el Estado \u2013en la <em>polis<\/em>\u2013 donde el hombre puede realizarse al completo, donde puede alcanzar su m\u00e1s elevado fin y bien.<\/p>\n<p>Lo novedoso de la perspectiva tri\u00e1dica de Hegel es que no necesita recurrir a una instancia externa para unir dos conceptos entre s\u00ed, familia y sociedad civil en este caso, sino que se resuelve desde una radical inmanencia. El Estado es el organismo m\u00e1s grande y articulado que se diferencia de cada uno de sus miembros sin anularnos: contiene en s\u00ed la diferencia. Y no solo porque la diferencia tenga derecho a existir \u2013y esto es fundamental\u2013, sino que es la existencia misma; el Estado vive de la armonizaci\u00f3n de las particularidades, crimen y dispersi\u00f3n de la sociedad civil, es decir, vive de la lucha reglada de clases. En esta l\u00ednea de refutaci\u00f3n de la idea del monstruoso y divinizado Estado que fagocita a los sujetos se enmarca la lectura de Ilting de la cr\u00edtica de Marx.[54] En efecto, las primeras p\u00e1ginas del manuscrito corresponden a los desarrollos m\u00e1s feuerbachianos de Marx, y tambi\u00e9n a las m\u00e1s d\u00e9biles, ya que parte de una interpretaci\u00f3n sustancialista y panlogista de Hegel, presentando un sistema cerrado y dando lugar a numerosos malentendidos por intentar forzar la argumentaci\u00f3n hegeliana para que encaje con sus cr\u00edticas. Aun as\u00ed, lo valioso del texto reside, tambi\u00e9n, en las siguientes p\u00e1ginas, cuando entra en juego la propiedad privada y la cr\u00edtica al poder legislativo, y la democracia; veamos en qu\u00e9 sentido.<\/p>\n<p><strong>6. Critica a las tres mediaciones del Estado con la sociedad civil<\/strong><\/p>\n<p>A) El poder principesco. Si la <em>universalidad<\/em> es competencia del momento legislativo que se encarga de establecer lo universal, y lo <em>particular<\/em> se encuentra en el poder gubernativo como aplicaci\u00f3n del universal con vistas a particularizarlo, lo <em>singular<\/em>, en consecuencia, la autodeterminaci\u00f3n, es el poder del soberano. Y esta determinaci\u00f3n de la voluntad que se realiza a s\u00ed misma no puede sino tener la forma de la subjetividad, de un yo que es a la vez lo m\u00e1s particular y lo m\u00e1s universal.[55] Es la realizaci\u00f3n de la voluntad, entendida esta como la capacidad del hombre de hacer pasar de algo inteligible o posible a algo existente, del pensamiento al acto, es la realizaci\u00f3n del yo como existencia. La voluntad, aunque parezca tautol\u00f3gico, engendra al yo, es decir, no hay un yo sin un <em>yo quiero<\/em>. Existen las leyes en las cuales reside todo aspecto objetivo y sobre las cuales \u00abel monarca solo tiene que agregarle el subjetivo \u201cyo quiero\u201d\u00bb.[56] La subjetividad existe en tanto que se sabe a s\u00ed misma y sabe lo que quiere, y en la medida en que se concreta en un sujeto, esto es, en este caso, en el monarca.<\/p>\n<p>Hegel echa mano de lo emp\u00edrico, de los estados realmente existentes, pero no para establecer un mero <em>deber ser<\/em> sino para contraponerlos y exprimir de ellos lo racional que ya ten\u00edan dentro, pero de manera unilateral \u2013y es solo en este sentido como hay que entender el papel de lo emp\u00edrico en Hegel, no tanto como Marx le achaca. Precisamente no se queda en lo emp\u00edrico, sino que quiere ir m\u00e1s all\u00e1 y desentra\u00f1ar en ello lo racional. En este sentido, los principales competidores de Alemania, Inglaterra y Francia, son la prueba palmaria de que el \u00fanico modo de gobierno que puede garantizar la libre existencia de todos los conceptos y la realizaci\u00f3n de los principios jur\u00eddicos es la monarqu\u00eda constitucional.[57] La historia universal general cuyo objeto es el despliegue de la idea de monarqu\u00eda constitucional ha pasado por sucesivos momentos hasta alcanzar la infinitud.[58] Ni Inglaterra, con una monarqu\u00eda d\u00e9bil que no pudo efectuar el paso del absolutismo feudal a la monarqu\u00eda constitucional y acab\u00f3 retrasada con respecto al derecho civil y penal,[59] ni Francia, que cort\u00f3 la cabeza del rey y dej\u00f3 al pueblo gobernar en base al terror y la limitaci\u00f3n de libertades, son los modelos pol\u00edticos. En cambio, Alemania tiene las bases materiales e hist\u00f3ricas para hacer que culmine en ella todo el mundo moderno pol\u00edtico, en una monarqu\u00eda constitucional, que es a lo que Hegel aspira.<\/p>\n<p>Este apela a un car\u00e1cter meramente simb\u00f3lico del soberano que solo habr\u00eda de sancionar los s\u00edes poniendo el punto sobre la \u00ed, pues su validez no depende de su formaci\u00f3n o de la particularidad de su car\u00e1cter sino de su posici\u00f3n.[60]<\/p>\n<p>El monarca no es solamente el resultado de la interacci\u00f3n entre el gobierno y las cortes, sino que es aquel que permite, precisamente, que estas existan, de tal manera que el monarca es el punto de inicio que no puede ser deducido, sino que comienza a partir de s\u00ed mismo. Sin embargo, replica Marx, si en un primer momento hubiera situado la soberan\u00eda del Estado no en el pr\u00edncipe sino en el pueblo, en los sujetos reales, no se necesitar\u00eda subjetivar de manera m\u00edstica al monarca.<\/p>\n<p>La funci\u00f3n del monarca en el sistema pol\u00edtico de Hegel es, como vemos, de una importancia capital. Funci\u00f3n que, parad\u00f3jicamente, se\u00f1ala Marx, se pretende derivar de la Idea, pero se deja al puro arbitrio y al azar del nacimiento. Por lo tanto, en \u00abla c\u00faspide del Estado no decidir\u00eda, pues, la raz\u00f3n sino la simple naturaleza. El nacimiento determinar\u00eda la calidad del monarca, como determina la calidad del ganado\u00bb.[61] Adem\u00e1s, prosigue Marx:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 80px;\">Hegel convierte en autodeterminaciones absolutas de la <em>voluntad<\/em> a todos los atributos del monarca constitucional de la Europa actual. No dice: la voluntad del monarca es la \u00faltima decisi\u00f3n, sino: la \u00faltima decisi\u00f3n de la voluntad es el monarca. La primera frase es emp\u00edrica y la segunda desnaturaliza el hecho emp\u00edrico y hace de \u00e9l un axioma metaf\u00edsico.[62]<\/p>\n<p>El monarca queda por encima del gobierno, siendo los funcionarios los que rinden pleites\u00eda real y pol\u00edtica a este.<\/p>\n<p>Las cr\u00edticas de Marx en cuanto a la arbitrariedad y el azar, tanto de la voluntad como del nacimiento, son a menudo aceptadas; sin embargo, que el pr\u00edncipe se erija por encima del gobierno no acaba de convencer a algunos hegelianos. De esta opini\u00f3n es Bernard Bourgeois,[63] ya que parece que Marx olvida que es un pr\u00edncipe <em>constitucional<\/em> y que est\u00e1 en relaci\u00f3n dial\u00e9ctica con los dem\u00e1s polos, en el sentido de la tr\u00edada trinitaria donde cada uno no se entiende sin el otro: no hay preminencia de uno sobre otro. Ciertamente Hegel es dif\u00edcil de criticar, pareciera como un erizo que pincha lo toques por donde lo toques. Adem\u00e1s, una cr\u00edtica a una parte de su teor\u00eda, por peque\u00f1a que sea, te redirige enseguida a otras partes del gran sistema.<\/p>\n<p>Aunque no deja de ser curioso que muchos hegelianos se amparen en esta consistencia l\u00f3gica del sistema para, a veces, defender lo indefendible; que algo tenga coherencia interna no quiere decir que sea verdad. Indudablemente el pr\u00edncipe en este caso, aunque podr\u00edamos hablar, tambi\u00e9n, por ejemplo, de la posici\u00f3n de la mujer en la <em>Filosof\u00eda del Derecho<\/em>, cumple un papel necesario en el arm\u00f3nico sistema, pero no por ello est\u00e1 exento de ser repensado y reformado, ni las cr\u00edticas salen repelidas a gran velocidad en cuanto tocan la superficie del sistema hegeliano.<\/p>\n<p>B) Poder gubernativo. El Estado se sirve de los funcionarios para poder manifestarse como una potencia efectiva, no son una mera correa de transmisi\u00f3n sino la misma condici\u00f3n de existencia del Estado, esto es, los funcionarios <em>son<\/em> el Estado. Hegel otorga a los funcionarios una posici\u00f3n de suma importancia: la del t\u00e9rmino medio. Es el t\u00e9rmino que abnegadamente desaparece en el silogismo pero que consigue unir la premisa mayor y la premisa menor, es el que, en \u00faltima instancia, pone todo el sistema en movimiento. Permite la relaci\u00f3n entre el poder gubernativo, en sentido alto, el ejecutivo, y el poder legislativo, que a su vez es una emanaci\u00f3n de las corporaciones, municipios, en definitiva, de lo local, que intenta ser escuchado por el monarca. El poder gubernativo tiene una tarea clara: reforzar el lazo \u00e9tico que une al Estado frente a las constantes amenazas de los intereses particulares que provienen de la sociedad civil. Para poder actuar sobre la sociedad civil el poder gubernativo despliega al estamento del funcionariado que no se identifica con intereses particulares, sino que hace valer los universales, esto es, los intereses de todos los ciudadanos coinciden con los de los funcionarios \u2013al fin y al cabo, Hegel pertenec\u00eda a esta clase como profesor de universidad, es comprensible que le diera tanta importancia y que restringiera el acceso al estamento a solo unos pocos formados.<br \/>\nLos bur\u00f3cratas, entonces, son la clase universal. \u00bfSignifica esto que la filosof\u00eda solo puede ser ejercida dentro de los l\u00edmites del Estado? \u00bfQu\u00e9 hay de la libertad del fil\u00f3sofo para criticar? Ciertamente la formulaci\u00f3n de Hegel parece indicar esto; Plat\u00f3n se escandalizar\u00eda al ver que el papel del fil\u00f3sofo es este y que en lugar del Fil\u00f3sofo-Rey habr\u00eda un monarca de dudosas capacidades \u00fanicamente poniendo su firma en documentos. El poder gubernativo, el Estado en \u00faltima instancia, se mediatiza con la sociedad civil mediante los funcionarios, pero lejos de solucionar la oposici\u00f3n sociedad civil-Estado, simplemente le da una forma legal y la perpet\u00faa del lado de los funcionarios.[64] El comentario de Marx a los par\u00e1grafos del poder gubernativo empieza nada menos que de la siguiente manera: \u00ablo que Hegel dice del poder gubernativo no merece el nombre de exposici\u00f3n filos\u00f3fica. La mayor\u00eda de los par\u00e1grafos podr\u00edan figurar literalmente en el c\u00f3digo civil prusiano\u00bb.[65] Una fuerte cr\u00edtica que se\u00f1ala con meridiana claridad la caracterizaci\u00f3n que el joven Marx hace de la filosof\u00eda pol\u00edtica de Hegel.<\/p>\n<p>Marx arremete contra la burocracia y tecnocracia de los funcionarios como estamento de expertos que resta soberan\u00eda del pueblo al recaer sobre ellos el garantizar la estructura pol\u00edtica del Estado. Los bur\u00f3cratas, los funcionarios, son como los sacerdotes del Estado.[66] El ciudadano queda sustra\u00eddo de labores pol\u00edticas, no se puede autodeterminar porque sus acciones son determinadas desde un afuera que opera desde un saber de car\u00e1cter tecnocr\u00e1tico. Adem\u00e1s, aquella clase universal sin intereses particulares est\u00e1 reservada, naturalmente, al proletariado, tal como dir\u00e1 un a\u00f1o despu\u00e9s en la Introducci\u00f3n. De tal manera que, de nuevo la l\u00f3gica estaba detr\u00e1s de todo: \u00abHegel da <em>a su l\u00f3gica un cuerpo pol\u00edtico<\/em>, no da la <em>l\u00f3gica del cuerpo pol\u00edtico<\/em>\u00bb.[67] Esta frase resume la inversi\u00f3n metodol\u00f3gica que querr\u00eda Marx aplicada a un \u00e1mbito concreto, y su ruptura con Hegel.<\/p>\n<p>C) Poder legislativo y estamentos. La parte de la cr\u00edtica dedicada a los estamentos y al poder legislativo es la m\u00e1s provechosa y tambi\u00e9n la m\u00e1s interesante. Desde las coordenadas del joven Marx, el problema subyace en que Hegel empuja hacia abajo los intereses y la propiedad privados y los confina a los particulares l\u00edmites de la sociedad civil de tal forma que no queda m\u00e1cula en el lustroso Estado que, ahora s\u00ed, queda por encima de las particularidades y puede armonizar las determinaciones de la sociedad civil. De esta manera, Hegel pretende eliminar las interferencias que los hombres privados pudieran provocar en el desarrollo de estos en ciudadanos, haciendo imposible desde esta perspectiva atisbar cualquier contradicci\u00f3n entre sociedad civil y Estado o entre \u2013y simplificando\u2013 lo econ\u00f3mico y lo pol\u00edtico.<br \/>\nLos estamentos median entre el gobierno y el pueblo, y exigen a las personas participar de ambos polos tanto como ciudadanos del Estado como representantes de los intereses personales y de sus c\u00edrculos cercanos,[68] de manera que la balanza no se incline del lado del gobierno o del pr\u00edncipe ni del lado de la sociedad civil.<\/p>\n<p>La com\u00fan idea de que las clases privadas de la sociedad civil participan de los asuntos del poder legislativo como individuos atom\u00edsticamente separados es combatida por Hegel afirmando que efectivamente participan como miembros de un universal.[69] Es decir, no es una yuxtaposici\u00f3n o agregado abstracto de individuos, sino que a la luz del Estado adquieren una significaci\u00f3n colectiva cualitativamente distinta. Y en ese sentido no se producir\u00eda aqu\u00ed una radical escisi\u00f3n entre las <em>clases<\/em> (<em>St\u00e4nde<\/em>) de la sociedad civil y los <em>estamentos<\/em> (<em>St\u00e4nde<\/em>) pol\u00edticos \u2013tal como se\u00f1ala Vermal, ya que en Hegel ambos sentidos est\u00e1n ligados y se usan indistintamente para lo civil y lo pol\u00edtico.[70] Pero para Marx la distinci\u00f3n entre ambos lo es todo. Tras la Revoluci\u00f3n Francesa no se puede dejar en la indeterminaci\u00f3n el concepto de <em>St\u00e4nde<\/em>, fue este acontecimiento el que los separ\u00f3 finalmente de la unidad que conformaban en la edad media.71 Sin embargo, Hegel sigue aferr\u00e1ndose de manera ciertamente anacr\u00f3nica a una distinci\u00f3n medieval.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, que los individuos participen a trav\u00e9s de las corporaciones y estamentos en la pol\u00edtica excluye necesariamente a aquellos individuos que no son amparados por estas instituciones. Y Hegel, como desde luego Marx, reconoce que hay personas excluidas cuando caen por debajo de un umbral de subsistencia,[72] vi\u00e9ndose privados de derechos, honor y de estatus como persona al no poder ganarse la subsistencia por medio de su trabajo; la riqueza de la sociedad civil solo es riqueza que se acumula en pocas manos y no puede impedir la formaci\u00f3n de la plebe.[73] De hecho, la sociedad civil es forzada a buscar soluciones m\u00e1s all\u00e1 de sus propias determinaciones y salir a buscar otros mercados en otras sociedades menos avanzadas,[74] de manera que el colonialismo \u2013o el imperialismo dir\u00edamos ahora\u2013 es la consecuencia l\u00f3gica de las din\u00e1micas industriales de la sociedad civil.[75] Y aqu\u00ed Hegel es, podr\u00edamos decir, m\u00e1s marxista que Marx, ya que anticipa una teor\u00eda del imperialismo mucho antes de que Marx pensara en ello, una teor\u00eda que, de hecho, inspira hasta cierta medida a Rosa Luxemburgo, casi cien a\u00f1os despu\u00e9s.[76]<\/p>\n<p>Sin embargo, la cr\u00edtica al mayorazgo es el punto m\u00e1s pulido de la cr\u00edtica de Marx a Hegel, y en donde se ven m\u00e1s claramente una serie de desarrollos aqu\u00ed <em>in nuce<\/em> pero que a lo largo de su vida desarrollar\u00eda. As\u00ed como Marx hab\u00eda se\u00f1alado la arbitrariedad y azar del monarca como representante de la voluntad del Estado, ocurre algo similar en la instituci\u00f3n del mayorazgo. Heredar la propiedad de la tierra tiene en com\u00fan la misma contingencia que heredar la corona. Tambi\u00e9n Hegel se\u00f1ala la continuidad entre ambos \u2013aunque no de un modo despectivo; los dos tienen la determinaci\u00f3n natural y la voluntad del yo quiero. La cuesti\u00f3n es que, de nuevo, el insigne desarrollo del esp\u00edritu objetivo se estrella en el materialismo m\u00e1s grosero[77] por dejar tama\u00f1a funci\u00f3n social al arbitrio del nacimiento, de la pura corporalidad. El estado est\u00e1 m\u00e1s cerca de la animalidad, ya que estos obtienen sus determinaciones mediante el nacimiento. \u00abLa naturaleza se venga de Hegel por el desprecio que manifiesta hacia ella\u00bb,[78] se mofa Marx.<\/p>\n<p>El mayorazgo es la constituci\u00f3n pol\u00edtica de la nobleza que se erige en una eticidad natural y subsiste gracias a la propiedad ra\u00edz.[79] De hecho, goza de una posici\u00f3n, en cierto sentido, privilegiada porque, dice Hegel, su patrimonio no est\u00e1 enmarcado en las l\u00f3gicas industriales animadas por el irrefrenable deseo de ganancia, ni tampoco sujeto a la colectividad del patrimonio estatal. Pero para poder mantenerse vivos entre ambos, han de preservar la instituci\u00f3n <em>inalienable<\/em> del mayorazgo.[80]<\/p>\n<p>El mayorazgo es la apariencia de algo m\u00e1s profundo, de la propiedad de la tierra. Al hacerlo inalienable, Hegel imposibilita la relaci\u00f3n social de esta instituci\u00f3n con las dem\u00e1s, la naturaliza con respecto a la sociedad civil. Y aunque se\u00f1ala que el mayorazgo est\u00e1 por encima del amor del padre a sus hijos y que irremediablemente tendr\u00e1 que traspasar sus bienes al primog\u00e9nito, no quiere admitir que esto rompa con los lazos familiares y el amor. Cuesti\u00f3n que ya se encarga Marx de se\u00f1alar: \u00abEn la clase que tiene por base la vida de familia, falta pues la <em>base de la vida de la familia<\/em>, el amor como principio real, es decir, eficaz y determinante. En su mayor desenvolvimiento, el <em>principio de la propiedad privada contradice al principio de la familia<\/em>\u00bb.[81] La propiedad privada se inmiscuye en las relaciones afectivas anul\u00e1ndolas y dirigi\u00e9ndolas hacia unos objetos externos que se escapan al control de las voluntades de las familias. Se empieza a entrever cierta teor\u00eda de la cosificaci\u00f3n y mistificaci\u00f3n, clara herencia feuerbachiana, que naturalmente no se har\u00e1 esperar mucho \u2013en 1844 escribe los <em>Manuscritos econ\u00f3mico-filos\u00f3ficos<\/em> donde presenta una teor\u00eda de la alienaci\u00f3n. Y que concluir\u00e1 en el fetichismo de la mercanc\u00eda de <em>El capital<\/em> como expresi\u00f3n m\u00e1xima de una racionalidad abstracta que domina de forma an\u00f3nima y de la cual la burgues\u00eda no es m\u00e1s que su fen\u00f3meno externo.<\/p>\n<p>Voluntad y posesi\u00f3n se invierten, la voluntad ya no engendra al yo mediante la apropiaci\u00f3n sino la voluntad ahora es \u00aben tanto que ella est\u00e1 colocada en la propiedad. Mi voluntad no posee aqu\u00ed; es pose\u00edda\u00bb.[82] En el mayorazgo la voluntad languidece, se limita, pierde la soberan\u00eda y se convierte en la m\u00e1s alta s\u00edntesis de la alienaci\u00f3n de lo arbitrario, de suerte que recubre la relaci\u00f3n del mayorazgo con un halo religioso.<\/p>\n<p>El mayorazgo es la constituci\u00f3n pol\u00edtica de la nobleza, se\u00f1alaba Hegel, pero una vez ha establecido relaci\u00f3n directa entre el mayorazgo, una instituci\u00f3n dominada por la propiedad privada inalienable, con el Estado pol\u00edtico, ya no hay vuelta atr\u00e1s. El Estado pol\u00edtico que deb\u00eda velar por mantener el equilibrio en la balanza del universal y el particular es tomado, a juicio de Marx, por la propiedad privada abstracta haciendo que este garantice y perpet\u00fae su existencia. El Estado, la sustancia \u00e9tica en s\u00ed y para s\u00ed, es ahora un accidente de la propiedad privada. Lo determinante pasa a ser determinado. Este punto sienta las bases para la posterior consideraci\u00f3n del Estado como el consejo de administraci\u00f3n de la burgues\u00eda, faltar\u00eda solo la caracterizaci\u00f3n sociol\u00f3gica de la burgues\u00eda como clase.<\/p>\n<p><strong>7. La propuesta pol\u00edtica de Marx: democracia radical<\/strong><\/p>\n<p>Finalmente, creemos provechoso destacar la cuesti\u00f3n de la democracia como \u00e1mbito de realizaci\u00f3n efectiva para Marx de lo particular y lo universal; la propuesta pol\u00edtica de este ser\u00e1 la de una teor\u00eda de la democracia radical bajo un Estado republicano, fruto de situar al hombre como sujeto de la pol\u00edtica. Es relevante porque a lo largo de la cr\u00edtica adopta un car\u00e1cter m\u00e1s destructivo que constructivo; sin embargo, hay un breve intento de plantear soluciones. Ciertamente el joven Marx es un republicano radical, cercano al jacobinismo, es decir, un liberal radical durante todo el periodo de la <em>Rheinische Zei- tung<\/em>. No se despega de ciertas concepciones idealistas hegelianas, ya que sigue considerando el Estado como el lugar de la m\u00e1xima expresi\u00f3n de la raz\u00f3n[83] pero que no ser\u00eda ya el Estado mon\u00e1rquico y constitucional de Hegel, ni mucho menos el Estado concreto prusiano (que le expulsa de all\u00ed y se ve forzado a huir a Francia), sino el Estado democr\u00e1tico. Es necesario romper con la alienaci\u00f3n del hombre con respecto su esencia gen\u00e9rica (<em>Gattugswessen<\/em>). Esta tarea podr\u00eda llevarse a cabo \u00fanicamente al abolir la propiedad privada en el marco de un Estado republicano democr\u00e1tico. El fundamento de esta enajenaci\u00f3n se encuentra en que el Estado est\u00e1 despegado de los hombres particulares y solo cuando estos tomen la soberan\u00eda del Estado podr\u00e1n realizarse. Marx, en un claro ejercicio idealista, aboga por la toma de conciencia de la esencia humana para luego transformar la realidad:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 80px;\">La raz\u00f3n ha existido siempre, pero no siempre en forma racional. De modo que el cr\u00edtico puede remitirse a cualquier forma de conciencia te\u00f3rica y pr\u00e1ctica, y a partir de las formas propias de la realidad existente, desarrollar la verdadera realidad en cuanto deber y objetivo teol\u00f3gico. Por lo que se refiere a la vida real, lo que contiene en todas sus formas <em>modernas<\/em> las instancias de la raz\u00f3n es, precisamente, el <em>Estado pol\u00edtico<\/em>, aun cuando todav\u00eda <em>no<\/em> conscientemente sensible a las instancias socialistas.[84]<\/p>\n<p>Por mucho que Marx oponga una f\u00e9rrea oposici\u00f3n a Hegel, estas palabras y esta manera de entender la praxis pol\u00edtica y el Estado son completamente hegelianas. Sin embargo, en \u00faltima instancia, la cr\u00edtica de Marx a Hegel radica en haber hecho del Estado el lugar de la autodeterminaci\u00f3n pol\u00edtica de la comunidad. La soberan\u00eda no radica en el pueblo que luego se concretiza en forma de leyes del estado de derecho, sino que es directamente el Estado la fuente de soberan\u00eda. Hegel realiza la cr\u00edtica a la soberan\u00eda desconfiando de la masa que no es capaz de autodeterminarse y que, si aun as\u00ed se apuesta por las masas para dirigir la pol\u00edtica, a lo m\u00e1s que se llegar\u00eda es a una oclocracia, a una tiran\u00eda de estas.[85] La verdadera soberan\u00eda reside en el Estado dirigido por el monarca, que es el verdadero poder constituyente. El pueblo no puede constituir el Estado porque no existe el afuera del Estado. Marx, sin embargo, argumenta que la sociedad, el <em>d\u00eamos<\/em>, previamente se ha instituido como poder pol\u00edtico constituyente.<\/p>\n<p>La democracia, a diferencia de como se ha entendido en toda la tradici\u00f3n del pensamiento pol\u00edtico, no es una forma m\u00e1s de gobierno que coexiste con la monarqu\u00eda, la aristocracia, etc. La democracia es el <em>telos<\/em> de todas las formas pol\u00edticas de gobierno: \u00abla democracia es la verdad de la monarqu\u00eda, pero la monarqu\u00eda no es la verdad de la democracia\u00bb.[86] La monarqu\u00eda es una forma alienada de la democracia, es una democracia que no es en s\u00ed, sino que est\u00e1, a\u00fan, fuera de s\u00ed. Con esta forma de gobierno, el pueblo presenta su existencia en un modo no acabado, mientras que en democracia emerge la constituci\u00f3n del pueblo. La democracia se puede conocer a s\u00ed misma, se puede autoconstituir alcanzando a ser, por fin, mediante la mediaci\u00f3n, entre universal y particular, la constituci\u00f3n gen\u00e9rica. Efectivamente, en una monarqu\u00eda o en una rep\u00fablica simplemente formal, el hombre pol\u00edtico (<em>citoyen<\/em>) convive con el hombre privado (<em>bourgeois<\/em>) pero mantienen una radical escisi\u00f3n. No se trata, tampoco, de establecer una mera republica formal como la de Norteam\u00e9rica, porque el contenido \u00faltimo de esta y de la monarqu\u00eda prusiana es el mismo. Se trata de reconciliar la esencia pol\u00edtica del hombre como ser gen\u00e9rico, de realizarse como sujeto social y pol\u00edtico; as\u00ed, la democracia es \u00abel enigma resuelto de todas las constituciones\u00bb.[87]<\/p>\n<p>Solo en el discurrir de la historia la democracia se va desplegando hasta que un pueblo adquiere la suficiente conciencia de su esencia pol\u00edtica como para autodeterminarse, como para darse a s\u00ed mismo su soberan\u00eda pol\u00edtica. En \u00faltima instancia, si la toma de conciencia de s\u00ed es lo fundamental de la moder- nidad, que el hombre pueda autodeterminarse pol\u00edticamente es la mayor ex- presi\u00f3n de libertad pol\u00edtica. En Hegel la masa no sabe lo que quiere; en Marx la masa tiene potencialidades internas que a\u00fan no sabe <em>desplegar<\/em>.<\/p>\n<p>Finalizando, una vez m\u00e1s, con el argumentario feuerbachiano: mientras los pueblos tengan un gobierno mon\u00e1rquico, aristocr\u00e1tico, etc., estos estar\u00e1n alienados con respecto a su esencia pol\u00edtica de la misma manera que la religi\u00f3n aliena al sujeto de su condici\u00f3n de ser humano al negar en \u00e9l lo que afirma en Dios. \u00abHegel parte del Estado y convierte al hombre en el Estado subjetivado; la democracia parte del hombre y convierte al Estado en el hombre objetivado. As\u00ed como la religi\u00f3n no crea el hombre, sino que es el hombre el que crea la religi\u00f3n, as\u00ed tambi\u00e9n la constituci\u00f3n no crea el pueblo, sino que es el pueblo el que crea la constituci\u00f3n\u00bb.[88]<\/p>\n<p>Marx (y Feuerbach) hizo bien en dedicar gran parte de sus esfuerzos en criticar que las l\u00f3gicas religiosas nunca se hab\u00edan ido por completo, ya sea ejemplificadas en Hegel como en la misma instituci\u00f3n eclesi\u00e1stica. Eventualmente el car\u00e1cter reaccionario de esta \u00faltima se reafirm\u00f3 sepultando bajo sus cimientos a los muertos de la primera experiencia revolucionaria verdaderamente obrera. La bas\u00edlica del Sacr\u00e9-C\u0153ur de Par\u00eds ha enterrado a la Comuna de Par\u00eds, solo el curso de la historia podr\u00e1 probar si son inertes restos olvidados o una poderosa semilla.<\/p>\n<p><strong>8. Conclusi\u00f3n: hac\u00eda un marxismo hegeliano<\/strong><\/p>\n<p>Como hemos apuntado, el manuscrito supone un interesante escal\u00f3n en la evoluci\u00f3n filos\u00f3fica y te\u00f3rica de Marx. Ve\u00edamos que, para Marx, siguiendo a Feuerbach, Hegel hab\u00eda invertido el sujeto en objeto, y a ra\u00edz de la cr\u00edtica a esto, Marx hab\u00eda sentado las bases para una posterior ruptura metodol\u00f3gica. Adem\u00e1s, hab\u00eda puesto de relieve la arbitrariedad y el azar en el coraz\u00f3n mismo de la filosof\u00eda pol\u00edtica de Hegel, en el poder principesco, y desvelado la tecnocracia con la que operaba la autoproclamada clase universal del fun- cionariado. Adem\u00e1s, lejos de que el Estado pudiera armonizar las particularidades de la sociedad civil, era la propiedad privada la que determinaba al Estado, cuya mejor ejemplificaci\u00f3n la ten\u00edamos en la cuesti\u00f3n del mayorazgo. Finalmente, hemos discutido la propuesta pol\u00edtica de Marx de un Estado democr\u00e1tico y republicano. Ciertamente en la argumentaci\u00f3n del joven Marx hay notorias lagunas y fallos de interpretaci\u00f3n que hemos ido exponiendo, pero tambi\u00e9n interesantes cr\u00edticas y an\u00e1lisis.<\/p>\n<p>Lo que est\u00e1 claro es que ser\u00eda impensable hablar de Marx sin hacer referencia a Hegel; aun as\u00ed, hay quienes, en un tono m\u00e1s vulgar, entienden que Marx \u00abllevaba raz\u00f3n\u00bb y que su cr\u00edtica ha conseguido la <em>Aufhebung<\/em> de toda su obra. Casi por el simple hecho de que Marx ven\u00eda cronol\u00f3gicamente detr\u00e1s de Hegel, en una suerte de progreso lineal del conocimiento. A grandes rasgos este es el pecado de muchos Partidos Comunistas que ven en Hegel una reliquia de la cual Marx sali\u00f3 pero que r\u00e1pidamente se escindi\u00f3 y a la que no hay necesidad de volver porque todo lo que dijo Hegel ya est\u00e1 mejorado y libre de formulaciones idealistas en Marx \u2013 haciendo uso de una dupla materialismo-idealismo, de forma a\u00fan m\u00e1s tosca donde el materialismo es la simple preeminencia de la materia frente a la idea y el idealismo al contrario, sustituyendo un monismo por otro, es decir, siguiendo la estela del Diamat y su versi\u00f3n ramplona de Engels y Plejanov, y por supuesto, de Hegel y Marx. Por el contrario, la postura a la que nos adscribimos es la de la \u00abNew Dialectic\u00bb o \u00abNew Hegelian Marxism\u00bb, que no es tanto una escuela de pensamiento como una etiqueta que comprende diferentes aproximaciones cuyo tronco com\u00fan es la revitalizaci\u00f3n de la filosof\u00eda pol\u00edtica de Hegel y Marx a trav\u00e9s de <em>Ciencia de la l\u00f3gica<\/em>, esto es, una lectura no tan centrada en rescatar la Historia hegeliana y el nexo con el Materialismo Hist\u00f3rico \u2013lectura caracter\u00edstica de las relaciones Hegel-Marx de la segunda mitad del siglo XX\u2013 sino en la <em>L\u00f3gica<\/em> y sus desarrollos en <em>El capital<\/em>. En <em>El capital<\/em> Marx lleva hasta las \u00faltimas consecuencias muchos de los desarrollos de Hegel sobre la sociedad civil, manteniendo pr\u00e1cticamente intacta la <em>L\u00f3gica<\/em>.[89]<\/p>\n<p>Cabe recordar la famosa primera edici\u00f3n alemana de <em>El capital<\/em> (1867) cuyo primer cap\u00edtulo Marx lo escribe, ya no solo en par\u00e1grafos siguiendo una estructura t\u00edpicamente hegeliana sino plagado de expresiones como en s\u00ed, para s\u00ed, etc., y utilizando conceptos y estructuras de la <em>L\u00f3gica<\/em> de Hegel. No en vano dijo Lenin, \u00e1vido lector de Hegel, \u00abes completamente imposible entender <em>El capital<\/em> de Marx, y en especial su primer cap\u00edtulo, sin haber estudiado y entendido a fondo toda la <em>L\u00f3gica<\/em> de Hegel. \u00a1\u00a1Por consiguiente, hace medio siglo ninguno de los marxistas entend\u00eda a Marx!!\u00bb.[90]<\/p>\n<p>Cuando Hegel desarrolla su pensamiento el incipiente capitalismo a\u00fan no era el de la \u00e9poca de Marx, mucho menos el actual. Una de las posibles reactualizaciones de la <em>Filosof\u00eda del derecho<\/em> pasa por esta interpretaci\u00f3n de Hegel desde el marxismo como un sistema abierto \u2013y no clausurado como al principio del art\u00edculo se explicaba. De hecho, otros hegelianos de renombre, como Robert Pippin, no necesariamente vinculado a esta corriente, tambi\u00e9n reconocen la imposibilidad de reconciliar el capitalismo industrial avanzado con el n\u00facleo te\u00f3rico hegeliano, y apuntan que la nueva lectura del hegelianismo marxista ha repensado en la correcta direcci\u00f3n esta cuesti\u00f3n.[91] Dir\u00edamos en este sentido que es Hegel quien <em>salva<\/em> a Marx: es una profunda lectura de Hegel la que puede devolver al marxismo a la senda verdaderamente revolucionaria y no estancarse en oscuras concepciones pre-kantianas de la sustancia.<\/p>\n<p>La <em>Cr\u00edtica a la filosof\u00eda del Estado<\/em> de Hegel es un punto fundamental en esta lectura por ser de las primeras piedras en el camino del \u00abNew Hegelian Marxism\u00bb, no en el sentido de una ruptura epistemol\u00f3gica entre el joven y el viejo Marx, sino del lugar donde se disputa por primera vez la dial\u00e9ctica de Hegel y Marx; porque permite ver las limitaciones de la interpretaci\u00f3n primera y feuerbachiana de Hegel, pero tambi\u00e9n porque pone los cimientos para que esa cr\u00edtica a la l\u00f3gica hegeliana adopte su forma final, m\u00e1s tarde, en la cr\u00edtica a la econom\u00eda pol\u00edtica.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Notas:<\/strong><\/p>\n<p>[1] Este texto ha tomado diferentes nombres como <em>Critica a la filosof\u00eda del Estado<\/em> de Hegel o <em>Cr\u00edtica de la filosof\u00eda del derecho p\u00fablico de Hegel<\/em> o simplemente <em>Manuscrito de Kreuznach<\/em>; se ha optado por este t\u00edtulo ya que apunta m\u00e1s claramente a que el texto que nos ocupa de ninguna manera es una obra acabada, sino un borrador escrito a mano que nunca lleg\u00f3 a la imprenta. Usaremos la siguiente edici\u00f3n: MARX, K., <em>Cr\u00edtica a la filosof\u00eda del Estado de Hegel<\/em>, Grijalbo, M\u00e9xico, 1974.<br \/>\n[2] HEGEL, G. W. F., <em>Principios de la filosof\u00eda del derecho<\/em>, Edhasa, Barcelona, 1999.<br \/>\n[3] Carta de Marx a Ruge, 5 de marzo de 1842: MARX, K. y ENGELS, F., <em>Collected Works<\/em>, vol. I, Lawrence &amp; Wishart, London, 1975, pp. 382-383.<br \/>\n[4] DUQUE, F., <em>Historia de la filosof\u00eda moderna. La era de la cr\u00edtica<\/em>, Akal, Madrid, 1998, p. 810.<br \/>\n[5] MARX, K., <em>El capital. Cr\u00edtica de la econom\u00eda pol\u00edtica<\/em>, tomo I, vol. I, Siglo XXI, Madrid, 2017, p. 57.<br \/>\n[6] Marx en su carta a Ruge desde Kreuznach, septiembre de 1843. MARX, K. y RUGE, A., <em>Los anales franco-alemanes<\/em>, Mart\u00ednez Roca, Barcelona, 1970, p. 66: \u00aben Alemania todo lo sofocan a base de violencia, reina una aut\u00e9ntica anarqu\u00eda espiritual, el r\u00e9gimen de la idiotez misma; y Z\u00farich obedece las \u00f3rdenes de Berl\u00edn. Consiguientemente, cada vez est\u00e1 m\u00e1s claro que hay que buscar otro centro de reuni\u00f3n para las mentes realmente trabajadoras e independientes. Estoy convencido de que nuestro proyecto se corresponde a una exigencia real, y las exigencias reales tienen que satisfacerse en la realidad. Por lo tanto, no dudo de la empresa con tal de que se lleve adelante en serio\u00bb. La iniciativa de la que hablan es la creaci\u00f3n de los Anales Franco-Alemanes (<em>Deutsch-Franz\u00f6sische Jahrb\u00fccher<\/em>).<br \/>\nTambi\u00e9n es ilustrativo de este descontento con la revoluci\u00f3n en Alemania una carta previa de Ruge a Marx donde ya le se\u00f1ala la imposibilidad de revoluci\u00f3n alguna. En marzo de 1843, desde Berl\u00edn: \u00ab\u00bfas\u00ed que vamos a tener una revoluci\u00f3n pol\u00edtica? \u00bfNosotros, los coet\u00e1neos de esos alemanes? Amigo m\u00edo, usted cree lo que desea. S\u00ed, lo s\u00e9, es hermoso confiar, y abandonar las ilusiones es doloroso\u00bb, <em>ibid<\/em>., p. 47.<br \/>\n[7] MARX, K., <em>Escritos de juventud<\/em>, Fondo de Cultura Econ\u00f3mica, M\u00e9xico, 1982.<br \/>\n[8] Cabe hacer una advertencia antes de continuar: hay que ser cautelosos con la caracterizaci\u00f3n del pensamiento de Marx, ya que de un a\u00f1o para otro su pensamiento evoluciona moderadamente; de 1843 a 1844 asistimos a la plasmaci\u00f3n concreta de muchas de sus ideas en el plano econ\u00f3mico y comienza a hablar ya de proletariado (a\u00fan solo como clase pol\u00edtica), no hablemos ya de 1844 a 1845\/46 cuando se produce la ruptura total con los j\u00f3venes hegelianos. Sin embargo, en cuanto a la caracterizaci\u00f3n del contexto que hace Marx, este se mantiene pr\u00e1cticamente invariable en sus a\u00f1os de juventud. Por eso es pertinente analizar el contexto de 1843 con la Introducci\u00f3n de 1844 \u2013que, pese a que llevan un nombre parecido, en cuanto a contenido no se parecen tanto.<br \/>\n[9] MARX, K., <em>Escritos de juventud<\/em>, op. cit., p. 495: \u00absomos contempor\u00e1neos <em>filos\u00f3ficos<\/em> del presente sin ser sus contempor\u00e1neos <em>hist\u00f3ricos<\/em>. La filosof\u00eda alemana es la prolongaci\u00f3n ideal de la historia de Alemania\u00bb.<br \/>\n[10] V\u00e9ase el estudio introductorio de Antonio G\u00f3mez Ramos a: KOSELLECK, R., <em>historia\/Historia<\/em>, Trotta, Madrid, 2010, p. 14 y ss.<br \/>\n[11] V\u00e9ase BEISER, F., <em>The Romantic Imperative<\/em>, Harvard University Press, Massachusetts\/London, 2003, p. 30.<br \/>\n[12] M\u00e1s adelante, en las tesis sobre Feuerbach se\u00f1alar\u00e1 a la praxis como criterio de la verdad. Te- sis II en: MARX, K., <em>La ideolog\u00eda alemana<\/em>, Akal, Madrid, 2014, p. 500.<br \/>\n[13] MARX, K., <em>Escritos de juventud<\/em>, op. cit., p. 498.<br \/>\n[14] RUIZ SANJUAN, C., <em>Historia y sistema en Marx<\/em>, Siglo XXI, Madrid, 2019, p. 38.<br \/>\n[15] FEUERBACH, L., <em>Principios de la filosof\u00eda del futuro<\/em>, Calden, Buenos Aires, 1969, \u00a752.<br \/>\n[16] Carta de Marx a Feuerbach, Paris 11 agosto de 1844; MARX, K., <em>Escritos de juventud<\/em>, op. cit., pp. 679-682.<br \/>\n[17] MARX, K., <em>El capital<\/em>, op. cit., p. 56.<br \/>\n[18] HOULGATE, S., <em>The opening of Hegel\u2019s logic<\/em>, Purdue University Press, Indiana, 2006, pp. 54 y ss.<br \/>\n[19] LIEDMAN, S., <em>Karl Marx<\/em>, Akal, Madrid, 2020, p. 74.<br \/>\n[20] ENGELS, F., <em>Escritos de juventud<\/em>, op. cit., pp. 41-93.<br \/>\n[21] ROSSI, M., <em>La scuola hegeliana. Il giovane Marx<\/em>, Feltrinelli Econ\u00f3mica, Milano, 1977, vol. 3, pp. 55 y ss.<br \/>\n[22] Citado en: CORNU, A., <em>Carlos Marx y Federico Engels. Tomo I, Los a\u00f1os de infancia y de juventud. La izquierda hegeliana 1818\/20-1844<\/em>, Platina, Buenos Aires, 1965, p. 276.<br \/>\n[23] HEGEL, G. W. F., <em>Principios de la filosof\u00eda del derecho<\/em>, op. cit., p. 58.<br \/>\n[24] HEGEL, G. W. F., <em>Introducciones a la filosof\u00eda de la historia universal<\/em>, Istmo, Madrid, 2005, pp. 51-53.<br \/>\n[25] HEGEL, G. W. F., <em>Principios de la filosof\u00eda del derecho<\/em>, op. cit., \u00a7260.<br \/>\n[26] MARX, K., <em>Cr\u00edtica a la filosof\u00eda del Estado de Hegel<\/em>, op. cit., p. 81.<br \/>\n[27] HEGEL, G. W. F., <em>Gesammelte Werke<\/em>, vol. 26\/1, Felix Meiner Verlag, Berlin, 2014,<br \/>\n[28] AVINERI, S., <em>Hegel\u2019s theory of the modern state<\/em>, Cambridge University Press, New York, 1972, p. 90.<br \/>\n[29] De hecho, Hegel atina al se\u00f1alar a los capitalistas como aquellos \u00abz\u00e1nganos de la sociedad\u00bb que solo consumen y no producen, pero no puede a\u00fan desentra\u00f1ar el porqu\u00e9 de su existencia y lo achaca a \u00abla contingencia, a la impotencia de la naturaleza. En una palabra, dada su ecuaci\u00f3n trabajo = valor, ignora por completo la surgencia de la plusval\u00eda y de la tasa decreciente de beneficio\u00bb. DUQUE, F., <em>Eticidad y estado en el idealismo alem\u00e1n<\/em>, Nat\u00e1n, Valencia, 1987, p. 145.<br \/>\n[30] MARX, K., <em>Cr\u00edtica a la filosof\u00eda del Estado de Hegel<\/em>, op. cit., p. 14.<br \/>\n[31] <em>Ibid<\/em>., p. 109.<br \/>\n[32] HEGEL, G. W. F., <em>Principios de la filosof\u00eda del derecho<\/em>, op. cit., \u00a7268.<br \/>\n[33] <em>Ibid<\/em>., \u00a7269 a\u00f1adido.<br \/>\n[34] MARX, K., <em>Cr\u00edtica a la filosof\u00eda del Estado de Hegel<\/em>, op. cit., p. 20.<br \/>\n[35] <em>Ibid<\/em>., p. 22.<br \/>\n[36] MARX, K., <em>Cr\u00edtica a la filosof\u00eda del Estado de Hegel<\/em>, op. cit., p. 14.<br \/>\n[37] <em>Ibid<\/em>., p. 16.<br \/>\n[38] <em>Ibid<\/em>., p. 17.<br \/>\n[39] Marx en su carta a Ruge desde Kreuznach, septiembre de 1843: MARX, K., y RUGE, A., <em>Los anales franco-alemanes<\/em>, op. cit., p. 69.<br \/>\n[40] MARX, K., <em>Cr\u00edtica a la filosof\u00eda del Estado de Hegel<\/em>, op. cit., p. 114.<br \/>\n[41] <em>Ibid<\/em>., p. 23.<br \/>\n[42] HEGEL, G. W. F., <em>Principios de la filosof\u00eda del derecho<\/em>, op. cit., \u00a7142.<br \/>\n[43] <em>Ibid<\/em>., \u00a7144.<br \/>\n[44] <em>Ibid<\/em>., \u00a7183.<br \/>\n[45] <em>Ibid<\/em>., \u00a7190.<br \/>\n[46] <em>Ibid<\/em>., \u00a7188.<br \/>\n[47] DUQUE, F., <em>Eticidad y estado en el idealismo alem\u00e1n<\/em>, op. cit., p. 146.<br \/>\n[48] HEGEL, G. W. F., <em>Principios de la filosof\u00eda del derecho<\/em>, op. cit., \u00a725.<br \/>\n[49] <em>Ibid<\/em>., \u00a7207.<br \/>\n[50] <em>\u00cdbidem<\/em>.<br \/>\n[51] <em>Ibid<\/em>., \u00a7 249.<br \/>\n[52] WOODS, A., \u00abHegel and Marxism\u00bb, en: BEISER, F. (Ed.), <em>Cambridge companion to Hegel<\/em>, Cambridge University Press, Cambridge, 1993, pp. 421-422.<br \/>\n[53] HEGEL, G. W. F., <em>Principios de la filosof\u00eda del derecho<\/em>, op. cit., \u00a7265.<br \/>\n[54] ILTING, K.-H., \u00abHegel on the state and Marx\u2019s early critique\u00bb, en: PELCZYNSKI, Z. A. (Ed.), <em>The State and Civil Society. Studies in Hegel\u2019s Political Philosophy<\/em>, Cambridge University Press, Cambridge, 1984, pp. 93-114.<br \/>\n[55] HEGEL, G. W. F., <em>Principios de la filosof\u00eda del derecho<\/em>, op. cit., \u00a7275 a\u00f1adido.<br \/>\n[56] <em>Ibid<\/em>., \u00a7280 a\u00f1adido.<br \/>\n[57] Los principios jur\u00eddicos, a saber: \u00ablos principios de la libertad de la propiedad y, sin mayores precisiones, de la libertad personal, de la sociedad civil y su creatividad, de las corporaciones locales, como tambi\u00e9n de la actuaci\u00f3n de las autoridades particulares, regulada por las leyes y de ellas dependiente\u00bb. HEGEL, G. W. F., <em>Enciclopedia de las ciencias<\/em>, Abada, Madrid, 2017, \u00a7544.<br \/>\n[58] HEGEL, G. W. F., <em>Principios de la filosof\u00eda del derecho<\/em>, op. cit., \u00a7273.<br \/>\n[59] HEGEL, G. W. F., <em>Enciclopedia de las ciencias<\/em>, op. cit. \u00a7544.<br \/>\n[60] HEGEL, G. W. F., <em>Principios de la filosof\u00eda del derecho<\/em>, op. cit., \u00a7280.<br \/>\n[61] MARX, K., <em>Cr\u00edtica a la filosof\u00eda del Estado de Hegel<\/em>, op. cit., p. 45.<br \/>\n[62] <em>Ibid<\/em>., p. 35.<br \/>\n[63] BOURGEOIS, B., \u00abEl pr\u00edncipe hegeliano\u00bb, en: AMENGUAL, G. (Ed.), <em>Estudios sobre la Filosof\u00eda del derecho de Hegel<\/em>, Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, 1989, p. 308.<br \/>\n[64] MARX, K., <em>Cr\u00edtica a la filosof\u00eda del Estado de Hegel<\/em>, op. cit., p. 64.<br \/>\n[65] <em>Ibid<\/em>., p. 58.<br \/>\n[66] <em>Ibid<\/em>., p. 60.<br \/>\n[67] <em>Ibid<\/em>., p. 63.<br \/>\n[68] HEGEL, G. W. F., <em>Principios de la filosof\u00eda del derecho<\/em>, op. cit., \u00a7302.<br \/>\n[69] <em>Ibid<\/em>., \u00a7303 nota.<br \/>\n[70] <em>Ibid<\/em>., nota del traductor en la p. 320.<br \/>\n[71] MARX, K., <em>Cr\u00edtica a la filosof\u00eda del Estado de Hegel<\/em>, op. cit., p. 100.<br \/>\n[72] HEGEL, G. W. F., <em>Principios de la filosof\u00eda del derecho<\/em>, op. cit., \u00a7244.<br \/>\n[73] Ibid., \u00a7245. Al no tratar directamente Marx de esto en su cr\u00edtica no se har\u00e1 un an\u00e1lisis exhaustivo de la cuesti\u00f3n, pero qu\u00e9 duda cabe que es fundamental para entender bien la relaci\u00f3n entre ambos; se puede ver con el asunto de la plebe que este es uno de los casos en que Marx lleva hasta las \u00faltimas consecuencias los desarrollos ya iniciados por Hegel. Para un fant\u00e1stico an\u00e1lisis detallado de esta cuesti\u00f3n v\u00e9ase el trabajo de RUDA, F., <em>Hegel\u2019s Rabble<\/em>, Continuum, London\/New York, 2011.<br \/>\n[74] HEGEL, G. W. F., <em>Principios de la filosof\u00eda del derecho<\/em>, op. cit., \u00a7246.<br \/>\n[75] <em>Ibid<\/em>., \u00a7248.<br \/>\n[76] HIRSCHMAN, A., \u00abOn Hegel, imperialism, and structural stagnation\u00bb, <em>Journal of Development Economics<\/em> 3, 1976, pp. 1-8.<br \/>\n[77] MARX, K., <em>Cr\u00edtica a la filosof\u00eda del Estado de Hegel<\/em>, op. cit., p. 133.<br \/>\n[78] <em>Ibid<\/em>., p. 131.<br \/>\n[79] HEGEL, G. W. F., <em>Principios de la filosof\u00eda del derecho<\/em>, op. cit., \u00a7305.<br \/>\n[80] <em>Ibid<\/em>., \u00a7306.<br \/>\n[81] MARX, K., <em>Cr\u00edtica a la filosof\u00eda del Estado de Hegel<\/em>, op. cit., p. 123.<br \/>\n[82] <em>Ibid<\/em>., p. 126.<br \/>\n[83] Idea que se puede derivar de la lectura de los tempranos art\u00edculos sobre la libertad de prensa, como \u00abLos debates sobre la libertad de prensa y la publicaci\u00f3n de los debates de la Dieta\u00bb; MARX, K., <em>Escritos de juventud<\/em>, op. cit., pp. 173-220.<br \/>\n[84] Marx en su carta a Ruge desde Kreuznach, septiembre de 1843, MARX, K., y RUGE, A., <em>Los anales franco-alemanes<\/em>, op. cit., pp. 67-68.<br \/>\n[85] HEGEL, G. W. F., <em>Principios de la filosof\u00eda del derecho<\/em>, op. cit., \u00a7279.<br \/>\n[86] MARX, K., <em>Cr\u00edtica a la filosof\u00eda del Estado de Hegel<\/em>, op. cit., p. 40.<br \/>\n[87] <em>\u00cddem<\/em>.<br \/>\n[88] Ibid., p. 41.<br \/>\n[89] V\u00e9ase, ARTHUR, C. J., <em>The New Dialectic and Marx\u2019s Capital<\/em>, Brill, Leiden\/Boston, 2004.<br \/>\n[90] LENIN, V., <em>Obras completas<\/em>, vol. XLII, Akal, Madrid, 1975, p. 172.<br \/>\n[91] PIPPIN, R., \u00abDid Hegel Comprehend His Own Time in Thought?\u00bb, <em>Estetica. studi e ricerche<\/em><br \/>\n10(2), 2020, p. 58<\/p>\n<p><strong>Bibliograf\u00eda<\/strong><\/p>\n<p>ARTHUR, C. J., <em>The New Dialectic and Marx\u2019s Capital<\/em>, Brill, Leiden\/Boston, 2004.<br \/>\nAVINERI, S., <em>Hegel\u2019s theory of the modern state<\/em>, Cambridge University Press, New York, 1972.<br \/>\nBEISER, F., <em>The Romantic Imperative<\/em>, Harvard University Press, Massachusetts\/London, 2003. BOURGEOIS, B., \u00abEl pr\u00edncipe hegeliano\u00bb, en: AMENGUAL, G. (Ed.), <em>Estudios sobre la Filosof\u00eda del derecho de Hegel<\/em>, Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, 1989.<br \/>\nCORNU, A., <em>Carlos Marx y Federico Engels. Tomo I, Los a\u00f1os de infancia y de juventud. La izquierda hegeliana 1818\/20-1844<\/em>, Platina, Buenos Aires, 1965.<br \/>\nDUQUE, F., <em>Eticidad y estado en el idealismo alem\u00e1n<\/em>, Nat\u00e1n, Valencia, 1987.<br \/>\n\u2013\u2013\u2013\u2013, <em>Historia de la filosof\u00eda moderna. La era de la cr\u00edtica<\/em>, Akal, Madrid, 1998. ENGELS, F., Escritos de juventud, Fondo de Cultura Econ\u00f3mica, 1981.<br \/>\nFEUERBACH, L., <em>Principios de la filosof\u00eda del futuro<\/em>, Calden, Buenos Aires, 1969.<br \/>\nHEGEL, G. W. F., <em>Principios de la Filosof\u00eda del derecho<\/em> (trad. Juan Luis Vermal), Edhasa, Bar- celona, 1999.<br \/>\n\u2013\u2013\u2013\u2013, <em>Introducciones a la Filosof\u00eda de la Historia Universal<\/em>, Istmo, Madrid, 2005.<br \/>\n\u2013\u2013\u2013\u2013, <em>Gesammelte Werke. Vorlesungen \u00fcber die Philosophie des Rechts I: Kollegien der Jahre 1817\/18, 1818\/19, 1819\/20<\/em>, Felix Meiner Verlag, Berlin, 2014.<br \/>\n\u2013\u2013\u2013\u2013, <em>Enciclopedia de las ciencias filos\u00f3ficas<\/em>, Abada, Madrid, 2017.<br \/>\nHIRSCHMAN, A., \u00abOn Hegel, imperialism, and structural stagnation\u00bb, <em>Journal of Development Economics<\/em> 3, 1976, pp. 1-8.<br \/>\nHOULGATE, S., <em>The opening of Hegel\u2019s logic<\/em>, Purdue University Press, Indiana, 2006.<br \/>\nILTING, K.H., \u00abHegel on the state and Marx\u2019s early critique\u00bb, en: PELCZYNSKI, Z. A. (Ed.), <em>The State and Civil Society. Studies in Hegel\u2019s Political Philosophy<\/em>, Cambridge University Press, Cambridge, 1984.<br \/>\nKOSELLECK, R., <em>historia\/Historia<\/em>, Trotta, Madrid, 2010.<br \/>\nLENIN, V., <em>Obras completas<\/em>, Akal, Madrid, 1975.<br \/>\nLIEDMAN, S., <em>Karl Marx<\/em>, Akal, Madrid, 2020.<br \/>\nMARX, K., <em>Cr\u00edtica a la filosof\u00eda del Estado de Hegel<\/em>, Grijalbo, M\u00e9xico, 1974.<br \/>\n\u2013\u2013\u2013\u2013, <em>Escritos de juventud<\/em>, Fondo de Cultura Econ\u00f3mica, M\u00e9xico, 1982.<br \/>\n\u2013\u2013\u2013\u2013, <em>La ideolog\u00eda alemana<\/em>, Akal, Madrid, 2014.<br \/>\n\u2013\u2013\u2013\u2013, <em>El capital. Cr\u00edtica de la econom\u00eda pol\u00edtica<\/em>, Siglo XXI, Madrid, 2017.<br \/>\nMARX, K. y ENGELS, F. <em>Marx &amp; Engels Collected Works<\/em>, I, Lawrence &amp; Wishart, London, 1975.<br \/>\nMARX, K. y RUGE, A., <em>Los anales franco-alemanes<\/em>, Mart\u00ednez Roca, Barcelona, 1970.<br \/>\nPIPPIN, R., \u00abDid Hegel Comprehend His Own Time in Thought?\u00bb, <em>Estetica. studi e ricerche <\/em>10(2), 2020, pp. 571-588.<br \/>\nROSSI, M., <em>La scuola hegeliana. Il giovane Marx<\/em>, Feltrinelli Economica, Milano, 1977.<br \/>\nRUDA, F., <em>Hegel\u2019s Rabble<\/em>, Continuum, London\/New York, 2011.<br \/>\nRUIZ SANJUAN, C., <em>Historia y sistema en Marx<\/em>, Siglo XXI, Madrid, 2019.<br \/>\nWOODS, A., \u00abHegel and Marxism\u00bb, en: BEISER, F. (Ed.), <em>Cambridge companion to Hegel<\/em>, Cambridge University Press, Cambridge, 1993.<\/p>\n<p>Fuente: <em>Ant\u00edtesis<\/em> (<a href=\"https:\/\/revistas.uam.es\/antitesis\/article\/view\/antitesis2021_1_004\/13813\">https:\/\/revistas.uam.es\/antitesis\/article\/view\/antitesis2021_1_004\/13813<\/a>)<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>1. Introducci\u00f3n El Manuscrito de Kreuznach[1] \u2013o Cr\u00edtica a la filosof\u00eda del Estado de Hegel\u2013 es un texto de 1843<\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":8500,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[8,1545,1544],"tags":[],"class_list":["post-10898","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-filosofia","category-g-w-f-hegel","category-karl-marx"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/espai-marx.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/10898","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/espai-marx.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/espai-marx.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/espai-marx.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/espai-marx.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=10898"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/espai-marx.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/10898\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/espai-marx.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/8500"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/espai-marx.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=10898"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/espai-marx.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=10898"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/espai-marx.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=10898"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}