{"id":11354,"date":"2022-03-21T05:00:36","date_gmt":"2022-03-21T04:00:36","guid":{"rendered":"https:\/\/espai-marx.net\/?p=11354"},"modified":"2022-03-21T03:28:24","modified_gmt":"2022-03-21T02:28:24","slug":"cuando-el-pueblo-es-soberano-consideraciones-sobre-justicia-democracia-y-socialismo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/espai-marx.net\/?p=11354","title":{"rendered":"\u00bfCu\u00e1ndo el pueblo es soberano? Consideraciones sobre justicia, democracia y socialismo"},"content":{"rendered":"<p><strong>\u00bfPor qu\u00e9 el cumplimiento de la Constituci\u00f3n espa\u00f1ola podr\u00eda ser una reivindicaci\u00f3n formulada desde la izquierda pol\u00edtica? El art\u00edculo pretende acomodar el concepto de soberan\u00eda nacional dentro de un marco anal\u00edtico consecuente con las ideas de justicia, democracia y socialismo.<\/strong><\/p>\n<p>Hace diez a\u00f1os, en una entrevista de 2012, Julio Anguita lamentaba que \u00aba la Constituci\u00f3n se la est\u00e1n cepillando todos los d\u00edas\u00bb. Para Anguita, el problema de la Constituci\u00f3n es que, en ciertos aspectos fundamentales, no se cumpl\u00eda. \u00ab\u00bfSabe c\u00f3mo har\u00edamos la revoluci\u00f3n? Cumpliendo la Constituci\u00f3n\u00bb, afirmaba en otra entrevista de 2016. Y a\u00f1ad\u00eda: \u00abMuchos rojos imb\u00e9ciles hablan de cambiarla. No, t\u00edo, primero cumple \u00e9sta y luego la cambiamos\u00bb.<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 es aquello que no se cumple de la Constituci\u00f3n? Seguramente pensemos en sus aspectos sociales: Art. 35: \u00abTodos los espa\u00f1oles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo\u00bb; Art. 47: \u00abTodos los espa\u00f1oles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada\u00bb. Pero hay mucho m\u00e1s. Afirmaba Anguita que \u00absi coges el art\u00edculo 128 (\u00abToda la riqueza del pa\u00eds est\u00e1 subordinada al inter\u00e9s general\u00bb), ya tienes las expropiaciones. Y as\u00ed sucesivamente. Eso es ser un aut\u00e9ntico rojo: devolv\u00e9rsela al poder con la legalidad vigente\u00bb.<\/p>\n<p>Entonces, \u00bfvale la pena una lucha pol\u00edtica que pretenda materializar los principios jur\u00eddico-pol\u00edticos que se hallan en la Constituci\u00f3n? Esta idea parece desprenderse de los comentarios de Anguita. Ahora bien, para disponer de un criterio s\u00f3lido deberemos observar sus cimientos, aquellos art\u00edculos de la Constituci\u00f3n espa\u00f1ola que, ubic\u00e1ndose en el t\u00edtulo preliminar, constituyen sus rasgos fundamentales. Ah\u00ed vamos.<\/p>\n<p>De entrada, en el art\u00edculo primero, apartado segundo, se afirma: \u00abLa soberan\u00eda nacional reside en el pueblo espa\u00f1ol\u00bb. Por consiguiente, y dejando de lado la procedencia del poder constituyente originario, nos encontramos ante un texto constitucional en el cual el \u00abpueblo espa\u00f1ol\u00bb es el sujeto titular de la \u00absoberan\u00eda nacional\u00bb. Aqu\u00ed \u00abpueblo\u00bb alude al conjunto de los ciudadanos. Sin embargo, cabe preguntarse: \u00bfson los ciudadanos quienes ejercen ese poder supremo, ubicado dentro del territorio nacional, al que denominamos soberan\u00eda?<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">* \u00a0\u00a0\u00a0*\u00a0\u00a0 \u00a0*<\/p>\n<p>La hip\u00f3tesis de este art\u00edculo es la siguiente: la soberan\u00eda solo puede ejercerse en condiciones de \u00abjusticia social\u00bb y de \u00abjusticia pol\u00edtica\u00bb. Significa esto que el pueblo espa\u00f1ol, titular nominal de la soberan\u00eda nacional, \u00fanicamente puede actuar como su titular efectivo, su pleno usufructuario, bajo los supuestos habilitados por 1) la \u00abjusticia social\u00bb y 2) la \u00abjusticia pol\u00edtica\u00bb. Pero, hablando en propiedad\u2026 \u00bfQu\u00e9 significan estos conceptos?<\/p>\n<p>Por un lado, una sociedad es socialmente justa cuando los medios materiales y sociales que son necesarios para vivir una vida en plenitud han sido distribuidos de manera (relativamente) equivalente entre el conjunto de sus miembros. Por otro lado, una sociedad es pol\u00edticamente justa cuando el conjunto de sus miembros dispone de un acceso (relativamente) equivalente a los medios necesarios para participar en los procesos de toma de decisiones al respecto de los asuntos que afectan a su vida. Examinemos con mayor grado de detalle cada una de esas dimensiones.<\/p>\n<p>[1] En lo que respecta a la \u00abjusticia social\u00bb, empecemos por clarificar que la plenitud humana se vincula a una vida digna y, por consiguiente, a una vida cuya existencia no se limita a la mera subsistencia. As\u00ed, la plenitud humana refiere a una idea que remite a las potencialidades de los seres humanos, y \u00e9stas no pueden desarrollarse sin la concurrencia de recursos materiales y condiciones sociales. Aunque sean multidimensionales las capacidades y los talentos susceptibles de ser desarrollados por las personas, cualesquiera que sean \u00e9stos requieren de esos recursos materiales y condiciones sociales previamente referidos.<\/p>\n<p>En correspondencia con lo afirmado, debi\u00e9ramos mencionar la importancia de una adecuada nutrici\u00f3n, de un acceso garantizado a la asistencia sanitaria y a una vivienda saneada, pero tambi\u00e9n la importancia de disponer de seguridad personal y de condiciones laborales \u00f3ptimas\u2026 as\u00ed como procesos educativos por medio de los cuales realizar aprendizajes que permitan el desarrollo de las capacidades, no solo f\u00edsicas y sociales, sino tambi\u00e9n intelectuales.<\/p>\n<p>Esta concepci\u00f3n de la justicia social no significa \u2013insistamos en esto\u2013 que todas las personas deban desarrollar las mismas habilidades, pero siquiera supone que deban potenciar alguna supuesta habilidad. Significa, \u00fanicamente, que la suerte que corren las personas a lo largo de su itinerario vital no viene marcada por un acceso diferencial a los recursos sociales y materiales necesarios para poder alcanzar cierta plenitud humana. Las personas podr\u00edan responsabilizarse plenamente de s\u00ed mismas cuando, y solamente cuando, no existan factores extr\u00ednsecos a s\u00ed que jugasen un papel descollante en la determinaci\u00f3n de su acci\u00f3n humana.<\/p>\n<p>Una sociedad no puede ser socialmente justa si, incluso desde el instante mismo de su nacimiento, unos individuos se encuentran con palancas que a\u00fapan y otros, por el contrario, con \u00f3bices que entorpecen el desarrollo de sus capacidades vitales. El desigual acceso de las personas a un n\u00famero de prestaciones y recursos que, adem\u00e1s, son de calidad desigual es aquello que impide la justicia social. El reverso de una situaci\u00f3n como esa es evidente: las personas pueden desarrollarse sin perjuicio de la consustancial diversidad humana en lo que refiere a aquellos aspectos (sexo, g\u00e9nero, etnia, raza\u2026) compatibles con una ciudadan\u00eda republicana.<\/p>\n<p>Un planteamiento como el expuesto niega todo tipo de desigualdades \u2013y no solamente las referidas a la clase socioecon\u00f3mica\u2013 que interfieran en el acceso de las personas a los medios necesarios para vivir una vida digna de ser vivida, una vida en plenitud. Por consiguiente, posee el m\u00e9rito de integrar en su matriz l\u00f3gica al probo n\u00facleo de sentido que pudiera subyacer al ideario feminista y antirracista. A fin de cuentas, si consideramos que las contrapartes del sexismo, racismo, homofobia, imperialismo\u2026 son justas es porque el razonamiento molar que las atraviesa implica la igual dignidad de todos los seres humanos.<\/p>\n<p>Siguiendo este trazado argumental nos situamos ante una analog\u00eda de la distribuci\u00f3n material de recursos, por un lado, y el reconocimiento moral de los individuos y\/o colectivos, por otro. Dicho claramente: que todos los miembros de la sociedad debieran tener un acceso (relativamente) equivalente a los medios sociales y materiales necesarios comporta que todos los miembros de la sociedad poseen el mismo respeto y reconocimiento. Puesto que un aspecto presupone al otro, y viceversa, no existe diferencia fundamental entre los derechos sociales, que proporcionan recursos materiales, y los derechos c\u00edvicos, que otorgan a todas las personas id\u00e9ntica dignidad o consideraci\u00f3n moral.<\/p>\n<p>[2] La \u00abjusticia pol\u00edtica\u00bb es el segundo supuesto que contemplamos, dentro de nuestro marco normativo, para el ejercicio de la soberan\u00eda por parte del pueblo. Las personas solamente pueden ser soberanas si disponen de la capacidad de participar en decisiones colectivas que afectan a sus vidas. A estas decisiones las llamamos pol\u00edticas por cuanto que vinculan a las personas en tanto que miembros de pleno derecho de una comunidad pol\u00edtica; es decir, en tanto ciudadanos. No aludimos, obvio resulta, a las decisiones privadas que toman las personas, consider\u00e1ndose como individuos aislados, que no son vinculantes sobre los dem\u00e1s miembros de una sociedad administrada por instituciones pol\u00edticas.<\/p>\n<p>As\u00ed pues, una sociedad podr\u00eda considerarse pol\u00edticamente justa cuando las decisiones colectivas, aquellas que afectan al destino com\u00fan de todos los miembros de la comunidad pol\u00edtica, responden a principios democr\u00e1ticos. Desde esta visi\u00f3n ofrecida, entendemos la democracia como una forma de decidir al respecto de cuestiones de relevancia p\u00fablica tomando como criterio de referencia consideraciones de inter\u00e9s general. La democracia ser\u00eda la pr\u00e1ctica resultante de procesos, deliberativos pero no dilatados, en los que participar\u00eda la ciudadan\u00eda mediante razonamientos p\u00fablicos y en los que la idea de bien com\u00fan debiera actuar como principio rector.<\/p>\n<p>Sin embargo, al considerar que muchas de las decisiones econ\u00f3micas son privadas y, por ende, no deben someterse a discusi\u00f3n p\u00fablica, el capitalismo le niega a la sociedad la capacidad de participar en decisiones que afectan, no ya a algunos de sus miembros, sino fundamentalmente al conjunto de la sociedad misma. La democracia queda sustra\u00edda del destino colectivo de la sociedad cuando cuestiones econ\u00f3micas de amplia magnitud resultan extirpadas de la agenda p\u00fablica y, ampar\u00e1ndose en una noci\u00f3n restringida \u2013exclusiva y excluyente\u2013 de propiedad privada, son arrojadas a las fuerzas del mercado.<\/p>\n<p>Teniendo presente lo anterior, una sociedad solamente puede ser pol\u00edticamente justa si existe una decidida intervenci\u00f3n p\u00fablica sobre aquellas actividades econ\u00f3micas cuya magnitud afecta al conjunto de la sociedad. Si las estructuras econ\u00f3micas resultan apartadas del control democr\u00e1tico, su mera existencia resulta una amenaza contra la l\u00f3gica p\u00fablica que le resulta propia a la comunidad pol\u00edtica. A la postre, resultar\u00eda inevitable una nacionalizaci\u00f3n de aquellos sectores econ\u00f3micos considerados estrat\u00e9gicos para el devenir de la sociedad. Sin democracia econ\u00f3mica no hay democracia.<\/p>\n<p>El control p\u00fablico de los recursos econ\u00f3micos permitir\u00eda, entre otras cosas, distribuirlos equitativamente seg\u00fan el principio de justicia social previamente referido. Adem\u00e1s, impedir\u00eda la hipertrofia de los activos econ\u00f3micos de los propietarios, evitando as\u00ed que \u00e9stos puedan adquirir poder pol\u00edtico por medio de una riqueza que, no lo vamos a negar, permite influir o corromper a servidores p\u00fablicos y\/o cargos pol\u00edticos. La \u00fanica v\u00eda por la que intervenir en los asuntos p\u00fablicos debiera establecerse seg\u00fan los protocolos y procedimientos democr\u00e1ticos que operan sobre la consideraci\u00f3n de que los ciudadanos son rec\u00edprocamente libres e iguales.<\/p>\n<p>Observamos, pues, que la cuesti\u00f3n de la \u00abjusticia pol\u00edtica\u00bb es, a su vez, la cuesti\u00f3n de la democracia, y \u00e9sta remite, en \u00faltima instancia, al problema de la ciudadan\u00eda: \u201csin una ciudadan\u00eda activa y participativa, formada e informada, que entienda lo que se debate en el espacio p\u00fablico de forma que pueda intervenir en \u00e9l, es imposible hablar de calidad democr\u00e1tica\u201d<a href=\"https:\/\/www.elviejotopo.com\/topoexpress\/cuando-el-pueblo-es-soberano-topoexpress\/#_edn1\" name=\"_ednref1\">[1]<\/a>. De ah\u00ed se sigue la importancia de una educaci\u00f3n p\u00fablica de calidad, de unos medios de comunicaci\u00f3n rigurosos y de un denso asociacionismo civil; y ello refiere directamente a los medios materiales y sociales de los que depende la \u00abjusticia social\u00bb antes aludida.<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">* \u00a0\u00a0\u00a0*\u00a0\u00a0 \u00a0*<\/p>\n<p>Los planteamientos formulados hasta ahora, que en cierta medida se inspiran en el trabajo de Erik Olin Wright\u00a0<a href=\"https:\/\/www.elviejotopo.com\/topoexpress\/cuando-el-pueblo-es-soberano-topoexpress\/#_edn2\" name=\"_ednref2\">[2]<\/a>, nos permiten expresar la siguiente afirmaci\u00f3n: las condiciones por las cuales es posible la \u00abjusticia social\u00bb y la \u00abjusticia pol\u00edtica\u00bb se retroalimentan. Por consiguiente, ambas formas de justicia se encuentran mutuamente implicadas y, a su vez, ambas formas de justicia son necesarias para que la soberan\u00eda \u2013atribuida al pueblo seg\u00fan la Constituci\u00f3n vigente (art\u00edculo 1.2)\u2013 pueda pertenecerle efectivamente.<\/p>\n<p>En el caso de darse una adecuaci\u00f3n entre la \u00abconstituci\u00f3n formal\u00bb \u2013relativa al ordenamiento jur\u00eddico del poder\u2013 y la \u00abconstituci\u00f3n material\u00bb \u2013relativa a la din\u00e1mica sociopol\u00edtica del poder\u2013, una adecuaci\u00f3n entre el \u00abdicho\u00bb y el \u00abhecho\u00bb, entonces nos estar\u00edamos aproximarnos a aquello que Ricardo Garc\u00eda Manrique\u00a0<a href=\"https:\/\/www.elviejotopo.com\/topoexpress\/cuando-el-pueblo-es-soberano-topoexpress\/#_edn3\" name=\"_ednref3\">[3]<\/a> denomina \u00absocialismo\u00bb. Seg\u00fan este fil\u00f3sofo del derecho, el socialismo es aquel modelo sociopol\u00edtico en que los recursos imprescindibles para el ejercicio de la ciudadan\u00eda son proporcionados a todos los ciudadanos en las mismas cuotas y de la mayor calidad posible. Este modelo debe distinguirse de otros dos: el \u00abliberal\u00bb y el \u00absocioliberal\u00bb.<\/p>\n<p>En el modelo \u00abliberal\u00bb el mercado act\u00faa como el principal mecanismo de distribuci\u00f3n de recursos; en el modelo \u00absocioliberal\u00bb \u2013que corresponder\u00eda al de nuestra sociedad\u2013 los bienes y servicios asociados a los derechos sociales son distribuidos en un grado m\u00ednimo por encima del cual existen amplias cuotas de satisfacci\u00f3n. Significa esto que, en la concepci\u00f3n \u00abliberal\u00bb, \u00fanicamente disponen de salud, educaci\u00f3n, vivienda, etc. quienes puedan pag\u00e1rsela, por lo que la sociedad queda absorbida por el mercado; mientras que en la concepci\u00f3n \u00absocioliberal\u00bb la comunidad pol\u00edtica ofrece los recursos m\u00ednimos por los cuales asegurar una elemental existencia social.<\/p>\n<p>En una sociedad como la nuestra \u2013correspondiente al modelo \u00absocioliberal\u00bb, recordemos\u2013 la provisi\u00f3n p\u00fablica de recursos (bienes y servicios) es considerablemente inferior, en cuanto a cantidad y a calidad, que la oferta privada que es posible encontrar en el mercado. De manera que, quienes quieran una mejor sanidad o una mayor educaci\u00f3n, o directamente no aspiren a almorzar en un comedor social o a pernoctar en un centro de acogida, deben recurrir a ese circuito de asignaci\u00f3n de bienes y servicios llamado mercado. Su capacidad econ\u00f3mica, y no su condici\u00f3n de ciudadanos, ser\u00e1 aquello que dictamine el acceso a los recursos.<\/p>\n<p>Salta a la vista que la situaci\u00f3n \u00absocioliberal\u00bb comporta que el grado de desarrollo que alcanza la plenitud humana de los ciudadanos sea tan desigual como asim\u00e9tricos son sus recursos econ\u00f3micos. En \u00faltima instancia, el mercado acaba siendo el mecanismo que permite obtener mayores y mejores recursos materiales y, por ende, mayores y mejores capacidades humanas. En estas circunstancias, unos individuos, aquellos que poseen mayores recursos y capacidades, disponen de mayor poder que otros; y la consecuencia de ello es f\u00e1cil de adivinar: la soberan\u00eda ya no pertenece <em>de facto<\/em> al pueblo, aun siendo, <em>de iure<\/em>, el sujeto titular de la soberan\u00eda.<\/p>\n<p>H\u00e1gase notar que solo el modelo \u00absocialista\u00bb, seg\u00fan el cual el r\u00e9gimen de ciudadan\u00eda es el principal criterio de asignaci\u00f3n de recursos, se propone como una concepci\u00f3n expansiva de los medios por los cuales es posible desarrollar las capacidades humanas y disponer de una vida plenamente libre. Si los bienes y servicios son distribuidos de manera equitativa (cantidad) y sustantiva (calidad), las personas se liberar\u00e1n de la imperiosa necesidad de disponer del monto econ\u00f3mico suficiente para obtener esos mismos recursos por medio del mercado privado.<\/p>\n<p>\u00bfEs el socialismo sin\u00f3nimo de libertad? Si el dinero ya no determina nuestra vida, somos m\u00e1s libres. Somos m\u00e1s libres cuando disponemos de mayor seguridad. Las instituciones deben ofrecer seguridad, pues solo desde una dotaci\u00f3n de recursos garantizada, liberados del desasosiego constante que supone la lucha por la existencia (\u00ablibertad de\u00bb), es que los ciudadanos seremos libres para controlar nuestro propio devenir (\u00ablibertad para\u00bb). Y, en tanto que libres para controlar nuestro propio devenir, podemos ser plenamente responsables del mismo.<\/p>\n<p>Somos responsables cuando disponemos de las capacidades de decidir y actuar por nosotros mismos. (Al tratarse de una consideraci\u00f3n cuyo dominio es \u00e9tico \u2013y no jur\u00eddico\u2013 no exime de responsabilidad penal). Pero no hay que olvidar que esas capacidades proceden de determinadas condiciones materiales y recursos sociales. De modo que, cuando la situaci\u00f3n vital de las personas viene marcada desde su mismo punto de partida, cuando las condiciones sociales y materiales iniciales predisponen las subsiguientes posibilidades de desarrollo humano, la \u00abigualdad de oportunidades\u00bb resulta fraudulenta.<\/p>\n<p>Una sociedad pol\u00edtica, tanto m\u00e1s consecuente es con la \u00abigualdad de oportunidades\u00bb, cuanto que menos dispar es la dotaci\u00f3n (o provisi\u00f3n) de recursos (bienes y servicios) que disponen sus miembros, ya desde su nacimiento, y a lo largo de sus vidas. Y solo disponiendo de los recursos por medio de los cuales desarrollar sus capacidades humanas (\u00abjusticia social\u00bb), \u00e9stos podr\u00e1n decidir de manera efectiva al respecto de su devenir, no solo en tanto que individuos, sino \u2013principalmente\u2013 en tanto que ciudadanos, es decir, en tanto que miembros de una sociedad pol\u00edtica (\u00abjusticia pol\u00edtica\u00bb).<\/p>\n<p>A la capacidad mancomunada de decisi\u00f3n al respecto de los asuntos comunes muchos lo denominaran \u00absocialismo\u00bb. Otros afirmar\u00e1n que \u00abdemocracia\u00bb es la f\u00f3rmula pol\u00edtica en virtud de la cual descansa la capacidad compartida de decidir sobre aquellos asuntos que afectan o involucran a todos los miembros de la sociedad. Sea como fuere, es el resultado de que la \u00absoberan\u00eda nacional\u00bb resida en ese sujeto pol\u00edtico al que denominamos \u00abpueblo\u00bb. Por consiguiente, un proyecto pol\u00edtico que aspire a que el pueblo espa\u00f1ol \u2013es decir, el conjunto de ciudadanos de la naci\u00f3n\u2013 sea efectivamente el soberano es, tautol\u00f3gicamente, un proyecto pol\u00edtico al que podr\u00edamos considerar democr\u00e1tico o socialista.<\/p>\n<p>Notas:<br \/>\n<a href=\"https:\/\/www.elviejotopo.com\/topoexpress\/cuando-el-pueblo-es-soberano-topoexpress\/#_ednref1\" name=\"_edn1\">[1]<\/a> Monge, Cristina &amp; Urd\u00e1noz, Jorge (Eds.): Innerarity, Daniel. <em>Comprender la Democracia<\/em>. Gedisa, 2018.<br \/>\n<a href=\"https:\/\/www.elviejotopo.com\/topoexpress\/cuando-el-pueblo-es-soberano-topoexpress\/#_ednref2\" name=\"_edn2\">[2]<\/a> Olin Wright, Erik. <em>Construyendo utop\u00edas reales<\/em>. Akal, 2014.<br \/>\n<a href=\"https:\/\/www.elviejotopo.com\/topoexpress\/cuando-el-pueblo-es-soberano-topoexpress\/#_ednref3\" name=\"_edn3\">[3]<\/a> Garc\u00eda Manrique, Ricardo. <em>La libertad de todos. Una defensa de los derechos sociales<\/em>. El Viejo Topo, 2013.<br \/>\nFuente: Art\u00edculo publicado en la revista 409 \u2013 Marzo de 2022 de <em>El Viejo Topo<\/em>. [<a href=\"https:\/\/www.elviejotopo.com\/topoexpress\/cuando-el-pueblo-es-soberano-topoexpress\/\">https:\/\/www.elviejotopo.com\/topoexpress\/cuando-el-pueblo-es-soberano-topoexpress\/<\/a>]<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00bfPor qu\u00e9 el cumplimiento de la Constituci\u00f3n espa\u00f1ola podr\u00eda ser una reivindicaci\u00f3n formulada desde la izquierda pol\u00edtica? 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