{"id":735,"date":"2007-04-22T00:00:00","date_gmt":"2007-04-21T23:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/espai-marx.net\/?p=735"},"modified":"2020-02-27T11:30:22","modified_gmt":"2020-02-27T10:30:22","slug":"declaracion-ante-el-pacto-de-desbloqueo-de-la-ley-de-la-memoria","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/espai-marx.net\/?p=735","title":{"rendered":"Declaraci\u00f3n ante el \u00abpacto de desbloqueo\u00bb de la ley de la memoria"},"content":{"rendered":"<p>Equipo Nizkor<\/p>\n<p>I) El mismo d\u00eda que en Europa se decidi\u00f3 considerar delito la promoci\u00f3n<br \/>\no defensa de las ideas nacionalsocialistas, en Espa\u00f1a se hizo p\u00fablico, a<br \/>\ntrav\u00e9s de la prensa, el \u00abdesbloqueo de la ley de la memoria\u00bb.<\/p>\n<p>El acuerdo al que han llegado es en realidad una forma de promoci\u00f3n de<br \/>\nla legalidad franquista y de sus consecuencias. Es evidente que los autores<br \/>\nde esta nueva elaboraci\u00f3n siguen siendo personas an\u00f3nimas, pues nadie se<br \/>\nhace responsable de las proposiciones conceptuales de filosof\u00eda del derecho<br \/>\nque se supone soportan la t\u00e9cnica jur\u00eddica necesaria para que una ley sea<br \/>\nconcordante con el derecho interno, con el derecho internacional y con los<br \/>\nprincipios de \u00abius cogens\u00bb, todos ellos de obligado cumplimiento por las<br \/>\ninstituciones estatales. Esto incluye, como no puede ser de otra forma, las<br \/>\nleyes aprobadas por el Parlamento.<\/p>\n<p>II) Normalmente, antes de emitir una opini\u00f3n, esperamos a tener el texto<br \/>\noficial y legal de la proposici\u00f3n de ley o del documento concreto que recoge<br \/>\nlas expresiones legales que no s\u00f3lo documentan, sino que dan forma a ese<br \/>\ntipo de acuerdos.<\/p>\n<p>Es evidente que ninguno de los medios de prensa que ha informado<br \/>\nreprodujo el texto de los acuerdos adoptados para el \u00abdesbloqueo de la ley<br \/>\nde la memoria\u00bb. Y no lo han hecho simplemente porque sus art\u00edculos tienen la<br \/>\nfinalidad, no de informar, sino de crear una imagen que induzca al apoyo<br \/>\nincondicional de este \u00abfabuloso acuerdo\u00bb.<\/p>\n<p>Y decimos fabuloso porque en realidad es una fabulaci\u00f3n m\u00e1s a las que<br \/>\nnos tienen acostumbrados desde que han tenido que hacer frente a la demanda<br \/>\nde las asociaciones de v\u00edctimas y a las asociaciones de derechos humanos que<br \/>\nhemos decido hacer frente a lo que hemos denominado el \u00abmodelo espa\u00f1ol de<br \/>\nimpunidad\u00bb.<\/p>\n<p>La fabulaci\u00f3n se basa en la utilizaci\u00f3n de una manipulaci\u00f3n ling\u00fc\u00edstica<br \/>\ny conceptual que no ser\u00eda aceptable en un alumno de introducci\u00f3n a la<br \/>\nfilosof\u00eda del derecho, o a cualquier persona con sentido com\u00fan. Se trata de<br \/>\nque el imaginario popular crea que el t\u00e9rmino \u00abileg\u00edtimo\u00bb es sin\u00f3nimo de<br \/>\n\u00abilegal\u00bb.<\/p>\n<p>Esto, adem\u00e1s de ser una falsedad ideol\u00f3gica en el uso sem\u00e1ntico de los<br \/>\nt\u00e9rminos ling\u00fc\u00edsticos, es un desprecio a la raz\u00f3n y a las asociaciones de<br \/>\nv\u00edctimas en la medida que pretenden que tengamos que responder a una<br \/>\nirracionalidad conceptual y no al fondo de la cuesti\u00f3n.<\/p>\n<p>Parten de creer que las v\u00edctimas del franquismo son \u00abincultas\u00bb y \u00absin<br \/>\nformaci\u00f3n\u00bb, y por lo tanto, van a celebrar como un triunfo legal esta<br \/>\nmanipulaci\u00f3n que por arte de birbirloque convierte lo meramente moral en<br \/>\nlegal.<\/p>\n<p>II) El acuerdo, cuyo texto encontrar\u00e1n la final de este comunicado, en<br \/>\nuno de sus p\u00e1rrafos bajo el apartado de \u00abreconocimiento general\u00bb dice que:<\/p>\n<p>\u00abComo expresi\u00f3n del derecho de todos los ciudadanos a la reparaci\u00f3n<br \/>\nmoral y a la recuperaci\u00f3n de su memoria personal y familiar, se reconoce y<br \/>\ndeclara el car\u00e1cter radicalmente injusto de todas las condenas, sanciones y<br \/>\ncualesquiera formas de violencia personal producidas por razones pol\u00edticas o<br \/>\nideol\u00f3gicas, durante la Guerra Civil, as\u00ed como las sufridas por las mismas<br \/>\ncausas durante la Dictadura.\u00bb<\/p>\n<p>Y \u00e9ste se complementa con otro art\u00edculo del apartado \u00abDeclaraci\u00f3n de<br \/>\nreparaci\u00f3n y reconocimiento personal\u00bb que dice as\u00ed:<\/p>\n<p>\u00abSe declara la ilegitimidad de los tribunales y cualesquiera otros<br \/>\n\u00f3rganos penales o administrativos que, durante la Guerra Civil, se hubieran<br \/>\nconstituido para imponer, por motivos ideol\u00f3gicos o pol\u00edticos condenas o<br \/>\nsanciones de car\u00e1cter personal, as\u00ed como la de sus resoluciones.\u00bb<\/p>\n<p>\u00abPor ser contrarios a Derecho y vulnerar las m\u00e1s elementales<br \/>\nexigencias del derecho a un juicio justo, se declara en todo caso la ilegiti<br \/>\nmidad, por vicios de forma y fondo, del Tribunal de Represi\u00f3n de la<br \/>\nMasoner\u00eda y el Comunismo, los Tribunales de responsabilidades pol\u00edticas de<br \/>\nla Junta de Defensa Nacional, de la Junta t\u00e9cnica del Estado y el Gobierno y<br \/>\nel Tribunal de Orden P\u00fablico, as\u00ed como todos los Consejos de Guerra<br \/>\nrealizados por motivos ideol\u00f3gicos o pol\u00edticos, de acuerdo con lo dispuesto<br \/>\nen el art\u00edculo 2.2 de la presente ley.\u00bb<\/p>\n<p>\u00abIgualmente, se declaran ileg\u00edtimas las condenas y sanciones dictadas<br \/>\npor motivos ideol\u00f3gicos o pol\u00edticos por cualesquiera tribunales u \u00f3rganos<br \/>\npenales o administrativos durante la Dictadura contra quienes defendieron la<br \/>\nlegalidad institucional anterior, pretendieron el restablecimiento de un<br \/>\nr\u00e9gimen democr\u00e1tico en Espa\u00f1a o intentaron vivir conforme a opciones<br \/>\namparadas por derechos y libertades hoy reconocidos por la Constituci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<p>Pero adem\u00e1s de esta manipulaci\u00f3n ling\u00fc\u00edstica formal, el pacto agrega un<br \/>\np\u00e1rrafo que demuestra la mala fe del acuerdo:<\/p>\n<p>\u00abLa Declaraci\u00f3n a que se refiere esta Ley ser\u00e1 compatible con<br \/>\ncualquier otra f\u00f3rmula de reparaci\u00f3n prevista en el ordenamiento jur\u00eddico y<br \/>\nno constituir\u00e1 t\u00edtulo para el reconocimiento de responsabilidad patrimonial<br \/>\ndel Estado ni de cualquier Administraci\u00f3n P\u00fablica, ni dar\u00e1 lugar a efecto,<br \/>\nreparaci\u00f3n o indemnizaci\u00f3n de \u00edndole econ\u00f3mica o profesional. El Ministerio<br \/>\nde Justicia denegar\u00e1 la expedici\u00f3n de la Declaraci\u00f3n cuando no se ajuste a<br \/>\nlo dispuesto en esta Ley\u00bb.<\/p>\n<p>III) Hay una norma de derecho que hace inv\u00e1lido e ilegal un acuerdo<br \/>\ncivil, una ley e incluso un acuerdo internacional y es lo que en derecho se<br \/>\ndenomina \u00abel principio de buena fe\u00bb.<\/p>\n<p>Pues bien, este acuerdo al que han llegado los grupos parlamentario de<br \/>\nIU y el PSOE es inv\u00e1lido e ilegal porque viola este principio de buena fe.<\/p>\n<p>Es obvio que el r\u00e9gimen franquista tiene un origen ileg\u00edtimo en cuanto<br \/>\nproviene de un golpe de estado, pero este hecho -que es una condici\u00f3n<br \/>\nsuficiente- no es, por si solo, el que define la ilegalidad del r\u00e9gimen<br \/>\nfranquista.<\/p>\n<p>Este r\u00e9gimen fue, es y ser\u00e1 ilegal y responsable de actos que se pueden<br \/>\nconsiderar como cr\u00edmenes contra la humanidad. Pero adem\u00e1s, es parte del<br \/>\nentramado filos\u00f3fico y conceptual que promovi\u00f3 el nacionalsocialismo y el<br \/>\nfascismo en Europa.<\/p>\n<p>Este acuerdo se basa en un acto elemental de mala fe al querer hacernos<br \/>\ncreer que si bien es ileg\u00edtimo, los actos del franquismo fueron legales y,<br \/>\npor lo tanto, el Estado no tiene que asumir las consecuencias y reparar los<br \/>\nda\u00f1os. Pero adem\u00e1s viola principios democr\u00e1ticos profundos al dejar abierta<br \/>\nla puerta para que se pueda entender que existen golpes de estado<br \/>\n\u00ableg\u00edtimos\u00bb frente a un sistema democr\u00e1tico.<\/p>\n<p>Ser\u00eda bueno que los art\u00edfices de esta manipulaci\u00f3n conceptual nos<br \/>\nexplicaran cu\u00e1les son los actos que pueden convertir en leg\u00edtimo un golpe de<br \/>\nestado en contra de un r\u00e9gimen democr\u00e1tico y que, seg\u00fan ellos, lo pueden<br \/>\nllevar a ser legal.<\/p>\n<p>No es de menor importancia el hecho de que se refieran a \u00ab&#8230;la<br \/>\nilegitimidad de los tribunales y cualesquiera otros \u00f3rganos penales o<br \/>\nadministrativos que, durante la Guerra Civil, se hubieran constituido&#8230;\u00bb,<br \/>\nforma eufem\u00edstica de igualar a los tribunales de la II Rep\u00fablica,<br \/>\nresponsables de intentar mantener el estado de derecho y las libertades<br \/>\nciviles, con los tribunales militares ilegales de los sublevados. Es un<br \/>\nescarnio para todos los jueces y fiscales de aquella \u00e9poca que fueron<br \/>\nejecutados sumaria o extrajudicialmente, pero lo es tambi\u00e9n para todos los<br \/>\nmagistrados europeos que tuvieron que hacer frente al nacionalsocialismo, al<br \/>\nfascismo italiano, al r\u00e9gimen de Petain o al sistema de legislaci\u00f3n racial<br \/>\nque se aplic\u00f3 en el Este de Europa.<\/p>\n<p>Es evidente que este tipo de pensamiento profundamente antidemocr\u00e1tico<br \/>\nproviene de las ideas del denominado \u00abdecisionismo jur\u00eddico\u00bb defendido por<br \/>\nCarl Schmitt, de amplia difusi\u00f3n en las instituciones acad\u00e9micas y militares<br \/>\ndel franquismo y que ha pervivido hasta la fecha.<\/p>\n<p>Este principio se basa en sostener que un r\u00e9gimen proveniente de un<br \/>\ngolpe de estado es leg\u00edtimo y que la mera legitimidad reemplaza a la<br \/>\nnormatividad legal.<\/p>\n<p>IV) Este acto de mala fe se complementa con la eliminaci\u00f3n del \u00abConsejo<br \/>\nde Notables\u00bb previsto en los art\u00edculos 5 y 6 del proyecto de la llamada \u00abley<br \/>\nde la memoria\u00bb; este Consejo ser\u00eda ahora reemplazado por un certificado<br \/>\nexpedido por el Ministerio de Justicia al que s\u00f3lo tendr\u00e1n acceso, y citamos<br \/>\ntextualmente, \u00ablas personas afectadas y, en su defecto, su c\u00f3nyuge o persona<br \/>\nligada por an\u00e1loga relaci\u00f3n de afectividad, sus ascendientes, sus<br \/>\ndescendientes y sus colaterales hasta el segundo grado\u00bb.<\/p>\n<p>Es evidente que la propuesta del \u00abConsejo de Notables\u00bb que incluye el<br \/>\nproyecto del ley del Gobierno, era absolutamente ilegal e indigna de<br \/>\ncualquier principio democr\u00e1tico, pero no lo es menos que el Ministerio de<br \/>\nJusticia certifique que un ciudadano fue v\u00edctima del r\u00e9gimen franquista;<br \/>\npeor a\u00fan es la determinaci\u00f3n por ley de qui\u00e9nes re\u00fanen las condiciones para<br \/>\npoder requerir este certificado de buena conducta democr\u00e1tica. Obviamente<br \/>\nquedan exceptuados los colectivos, las asociaciones que desaparecieron como<br \/>\nparte del exterminio y todos aqu\u00e9llos que no tengan herederos leg\u00edtimos o,<br \/>\nsimplemente, no tengan representaci\u00f3n alguna.<\/p>\n<p>En realidad lo que se pretende es ignorar el derecho colectivo a la<br \/>\nmemoria y convertirlo en un acto individual y personal. Esto es concordante<br \/>\ncon un reconocimiento moral y tiene que ver con los actos privados del<br \/>\nperd\u00f3n. Pero para eso no hace falta una ley porque los actos privados y de<br \/>\nconciencia no pueden ni deben ser regulados.<\/p>\n<p>Lo que omiten estos p\u00e1rrafos son el derecho a la justicia y el derecho a<br \/>\nla verdad como una obligaci\u00f3n del estado de derecho.<\/p>\n<p>V) Este acuerdo incumple las normas internacionales de derecho humanos,<br \/>\nviola el derecho internacional y viola la igualdad ante la ley, d\u00e1ndose la<br \/>\ncircunstancia de que si se mantiene este criterio, las v\u00edctimas del<br \/>\nfranquismo y sus descendientes no tendr\u00e1n derecho a la justicia y el Estado<br \/>\nse negar\u00e1 por ley a asumir sus responsabilidades frente a las violaciones<br \/>\ngraves de los derechos civiles y los derechos humanos.<\/p>\n<p>VI) Por \u00faltimo, debemos remarcar una vez m\u00e1s que este tipo de<br \/>\nproposiciones tienen un componente adicional que demuestra la mala fe y es<br \/>\nel reducir el inventario de cuestiones pendientes relacionadas con las<br \/>\nv\u00edctimas del franquismo a la \u00fanica cuesti\u00f3n de los juicios sumar\u00edsimos,<br \/>\ndesconociendo de hecho y de derecho todas las reclamaciones que est\u00e1n<br \/>\nrecogidas en el \u00abPlan de Acci\u00f3n\u00bb que fue incluido oportunamente en el<br \/>\ndocumento \u00abLa Cuesti\u00f3n de la Impunidad en Espa\u00f1a y los Cr\u00edmenes<br \/>\nFranquistas\u00bb, hecho p\u00fablico el 14 de abril de 2004, as\u00ed como en la<br \/>\ndeclaraci\u00f3n \u00abEntre la cobard\u00eda moral y la ilegalidad\u00bb, donde se ratifican<br \/>\ntodas las declaraciones tem\u00e1ticas y que ha sido apoyada por la pr\u00e1ctica<br \/>\ntotalidad de asociaciones del estado relacionadas con la problem\u00e1tica de la<br \/>\nimpunidad franquista.<\/p>\n<p>Resulta vergonzoso tener que recordar a los Grupos Parlamentarios que<br \/>\nhan llegado a este acuerdo que el inventario de problemas pendientes no es<br \/>\narbitrario, no viola la actual constituci\u00f3n y es concordante con el derecho<br \/>\ninternacional de los derechos humanos, el derecho interno y las normas<br \/>\nimperativas de \u00abius cogens.<\/p>\n<p>Ocultarlo aplicando lo que hoy se denomina la \u00abt\u00e9cnica del ninguneo\u00bb, no<br \/>\ntendr\u00e1 como efecto el que desaparezcan los problemas pendientes y, mucho<br \/>\nmenos, las obligaciones legales del estado que, antes o despu\u00e9s, \u00e9ste deber\u00e1<br \/>\nasumir.<\/p>\n<p>No puede ser de otra forma en un estado de derecho, dado que las<br \/>\ncaracter\u00edsticas de los cr\u00edmenes cometidos por el r\u00e9gimen franquista re\u00fanen<br \/>\nlas condiciones de imprescriptibilidad reconocidas incluso por el Tribunal<br \/>\nEuropeo de Derecho Humanos en una fecha tan cercana como el 17 de enero de<br \/>\n2006.<\/p>\n<p>Madrid, 19 de abril de 2007<br \/>\nGregorio Dionis, presidente del Equipo Nizkor<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p><P>Equipo Nizkor &#8211; Declaraci&oacute;n ante el &quot;pacto de desbloqueo&quot; de la ley de la memoria. EQUIPO NIZKOR Informaci&oacute;n. DERECHOS 19br07 &#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;-    Declaraci&oacute;n ante el &quot;pacto de desbloqueo&quot; de la ley de la memoria. &#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;-    I) El mismo d&iacute;a que en Europa se decidi&oacute; considerar delito la promoci&oacute;n o defensa de las ideas nacionalsocialistas, en Espa&ntilde;a se hizo p&uacute;blico, a trav&eacute;s de la prensa, el &quot;desbloqueo de la ley de la memoria&quot;.    El acuerdo al que han llegado es en realidad una forma de promoci&oacute;n de la legalidad franquista y de sus consecuencias. Es evidente que los autores de esta nueva elaboraci&oacute;n siguen siendo personas an&oacute;nimas, pues nadie se hace responsable de las proposiciones conceptuales de filosof&iacute;a del derecho que se supone soportan la t&eacute;cnica jur&iacute;dica necesaria para que una ley sea concordante con el derecho interno, con el derecho internacional y con los principios de &quot;ius cogens&quot;, todos ellos de obligado cumplimiento por las instituciones estatales. Esto incluye, como no puede ser de otra forma, las leyes aprobadas por el Parlamento.    II) Normalmente, antes de emitir una opini&oacute;n, esperamos a tener el texto oficial y legal de la proposici&oacute;n de ley o del documento concreto que recoge las expresiones legales que no s&oacute;lo documentan, sino que dan forma a ese tipo de acuerdos.    Es evidente que ninguno de los medios de prensa que ha informado reprodujo el texto de los acuerdos adoptados para el &quot;desbloqueo de la ley de la memoria&quot;. Y no lo han hecho simplemente porque sus art&iacute;culos tienen la finalidad, no de informar, sino de crear una imagen que induzca al apoyo incondicional de este &quot;fabuloso acuerdo&quot;.    Y decimos fabuloso porque en realidad es una fabulaci&oacute;n m&aacute;s a las que nos tienen acostumbrados desde que han tenido que hacer frente a la demanda de las asociaciones de v&iacute;ctimas y a las asociaciones de derechos humanos que hemos decido hacer frente a lo que hemos denominado el &quot;modelo espa&ntilde;ol de impunidad&quot;.    La fabulaci&oacute;n se basa en la utilizaci&oacute;n de una manipulaci&oacute;n ling&uuml;&iacute;stica y conceptual que no ser&iacute;a aceptable en un alumno de introducci&oacute;n a la filosof&iacute;a del derecho, o a cualquier persona con sentido com&uacute;n. Se trata de que el imaginario popular crea que el t&eacute;rmino &quot;ileg&iacute;timo&quot; es sin&oacute;nimo de &quot;ilegal&quot;.    Esto, adem&aacute;s de ser una falsedad ideol&oacute;gica en el uso sem&aacute;ntico de los t&eacute;rminos ling&uuml;&iacute;sticos, es un desprecio a la raz&oacute;n y a las asociaciones de v&iacute;ctimas en la medida que pretenden que tengamos que responder a una irracionalidad conceptual y no al fondo de la cuesti&oacute;n.    Parten de creer que las v&iacute;ctimas del franquismo son &quot;incultas&quot; y &quot;sin formaci&oacute;n&quot;, y por lo tanto, van a celebrar como un triunfo legal esta manipulaci&oacute;n que por arte de birbirloque convierte lo meramente moral en legal.    II) El acuerdo, cuyo texto encontrar&aacute;n la final de este comunicado, en uno de sus p&aacute;rrafos bajo el apartado de &quot;reconocimiento general&quot; dice que:      &quot;Como expresi&oacute;n del derecho de todos los ciudadanos a la reparaci&oacute;n moral y a la recuperaci&oacute;n de su memoria personal y familiar, se reconoce y declara el car&aacute;cter radicalmente injusto de todas las condenas, sanciones y cualesquiera formas de violencia personal producidas por razones pol&iacute;ticas o ideol&oacute;gicas, durante la Guerra Civil, as&iacute; como las sufridas por las mismas causas durante la Dictadura.&quot;    Y &eacute;ste se complementa con otro art&iacute;culo del apartado &quot;Declaraci&oacute;n de reparaci&oacute;n y reconocimiento personal&quot; que dice as&iacute;:      &quot;Se declara la ilegitimidad de los tribunales y cualesquiera otros &oacute;rganos penales o administrativos que, durante la Guerra Civil, se hubieran constituido para imponer, por motivos ideol&oacute;gicos o pol&iacute;ticos condenas o sanciones de car&aacute;cter personal, as&iacute; como la de sus resoluciones.&quot;      &quot;Por ser contrarios a Derecho y vulnerar las m&aacute;s elementales exigencias del derecho a un juicio justo, se declara en todo caso la ilegiti midad, por vicios de forma y fondo, del Tribunal de Represi&oacute;n de la Masoner&iacute;a y el Comunismo, los Tribunales de responsabilidades pol&iacute;ticas de la Junta de Defensa Nacional, de la Junta t&eacute;cnica del Estado y el Gobierno y el Tribunal de Orden P&uacute;blico, as&iacute; como todos los Consejos de Guerra realizados por motivos ideol&oacute;gicos o pol&iacute;ticos, de acuerdo con lo dispuesto en el art&iacute;culo 2.2 de la presente ley.&quot;      &quot;Igualmente, se declaran ileg&iacute;timas las condenas y sanciones dictadas por motivos ideol&oacute;gicos o pol&iacute;ticos por cualesquiera tribunales u &oacute;rganos penales o administrativos durante la Dictadura contra quienes defendieron la legalidad institucional anterior, pretendieron el restablecimiento de un r&eacute;gimen democr&aacute;tico en Espa&ntilde;a o intentaron vivir conforme a opciones amparadas por derechos y libertades hoy reconocidos por la Constituci&oacute;n&quot;.    Pero adem&aacute;s de esta manipulaci&oacute;n ling&uuml;&iacute;stica formal, el pacto agrega un p&aacute;rrafo que demuestra la mala fe del acuerdo:      &quot;La Declaraci&oacute;n a que se refiere esta Ley ser&aacute; compatible con cualquier otra f&oacute;rmula de reparaci&oacute;n prevista en el ordenamiento jur&iacute;dico y no constituir&aacute; t&iacute;tulo para el reconocimiento de responsabilidad patrimonial del Estado ni de cualquier Administraci&oacute;n P&uacute;blica, ni dar&aacute; lugar a efecto, reparaci&oacute;n o indemnizaci&oacute;n de &iacute;ndole econ&oacute;mica o profesional. El Ministerio de Justicia denegar&aacute; la expedici&oacute;n de la Declaraci&oacute;n cuando no se ajuste a lo dispuesto en esta Ley&quot;.    III) Hay una norma de derecho que hace inv&aacute;lido e ilegal un acuerdo civil, una ley e incluso un acuerdo internacional y es lo que en derecho se denomina &quot;el principio de buena fe&quot;.    Pues bien, este acuerdo al que han llegado los grupos parlamentario de IU y el PSOE es inv&aacute;lido e ilegal porque viola este principio de buena fe.    Es obvio que el r&eacute;gimen franquista tiene un origen ileg&iacute;timo en cuanto proviene de un golpe de estado, pero este hecho -que es una condici&oacute;n suficiente- no es, por si solo, el que define la ilegalidad del r&eacute;gimen franquista.    Este r&eacute;gimen fue, es y ser&aacute; ilegal y responsable de actos que se pueden considerar como cr&iacute;menes contra la humanidad. Pero adem&aacute;s, es parte del entramado filos&oacute;fico y conceptual que promovi&oacute; el nacionalsocialismo y el fascismo en Europa.    Este acuerdo se basa en un acto elemental de mala fe al querer hacernos creer que si bien es ileg&iacute;timo, los actos del franquismo fueron legales y, por lo tanto, el Estado no tiene que asumir las consecuencias y reparar los da&ntilde;os. Pero adem&aacute;s viola principios democr&aacute;ticos profundos al dejar abierta la puerta para que se pueda entender que existen golpes de estado &quot;leg&iacute;timos&quot; frente a un sistema democr&aacute;tico.    Ser&iacute;a bueno que los art&iacute;fices de esta manipulaci&oacute;n conceptual nos explicaran cu&aacute;les son los actos que pueden convertir en leg&iacute;timo un golpe de estado en contra de un r&eacute;gimen democr&aacute;tico y que, seg&uacute;n ellos, lo pueden llevar a ser legal.    No es de menor importancia el hecho de que se refieran a &quot;&#8230;la ilegitimidad de los tribunales y cualesquiera otros &oacute;rganos penales o administrativos que, durante la Guerra Civil, se hubieran constituido&#8230;&quot;, forma eufem&iacute;stica de igualar a los tribunales de la II Rep&uacute;blica, responsables de intentar mantener el estado de derecho y las libertades civiles, con los tribunales militares ilegales de los sublevados. Es un escarnio para todos los jueces y fiscales de aquella &eacute;poca que fueron ejecutados sumaria o extrajudicialmente, pero lo es tambi&eacute;n para todos los magistrados europeos que tuvieron que hacer frente al nacionalsocialismo, al fascismo italiano, al r&eacute;gimen de Petain o al sistema de legislaci&oacute;n racial que se aplic&oacute; en el Este de Europa.    Es evidente que este tipo de pensamiento profundamente antidemocr&aacute;tico proviene de las ideas del denominado &quot;decisionismo jur&iacute;dico&quot; defendido por Carl Schmitt, de amplia difusi&oacute;n en las instituciones acad&eacute;micas y militares del franquismo y que ha pervivido hasta la fecha.    Este principio se basa en sostener que un r&eacute;gimen proveniente de un golpe de estado es leg&iacute;timo y que la mera legitimidad reemplaza a la normatividad legal.    IV) Este acto de mala fe se complementa con la eliminaci&oacute;n del &quot;Consejo de Notables&quot; previsto en los art&iacute;culos 5 y 6 del proyecto de la llamada &quot;ley de la memoria&quot;; este Consejo ser&iacute;a ahora reemplazado por un certificado expedido por el Ministerio de Justicia al que s&oacute;lo tendr&aacute;n acceso, y citamos textualmente, &quot;las personas afectadas y, en su defecto, su c&oacute;nyuge o persona ligada por an&aacute;loga relaci&oacute;n de afectividad, sus ascendientes, sus descendientes y sus colaterales hasta el segundo grado&quot;.    Es evidente que la propuesta del &quot;Consejo de Notables&quot; que incluye el proyecto del ley del Gobierno, era absolutamente ilegal e indigna de cualquier principio democr&aacute;tico, pero no lo es menos que el Ministerio de Justicia certifique que un ciudadano fue v&iacute;ctima del r&eacute;gimen franquista; peor a&uacute;n es la determinaci&oacute;n por ley de qui&eacute;nes re&uacute;nen las condiciones para poder requerir este certificado de buena conducta democr&aacute;tica. Obviamente quedan exceptuados los colectivos, las asociaciones que desaparecieron como parte del exterminio y todos aqu&eacute;llos que no tengan herederos leg&iacute;timos o, simplemente, no tengan representaci&oacute;n alguna.    En realidad lo que se pretende es ignorar el derecho colectivo a la memoria y convertirlo en un acto individual y personal. Esto es concordante con un reconocimiento moral y tiene que ver con los actos privados del perd&oacute;n. Pero para eso no hace falta una ley porque los actos privados y de conciencia no pueden ni deben ser regulados.    Lo que omiten estos p&aacute;rrafos son el derecho a la justicia y el derecho a la verdad como una obligaci&oacute;n del estado de derecho.    V) Este acuerdo incumple las normas internacionales de derecho humanos, viola el derecho internacional y viola la igualdad ante la ley, d&aacute;ndose la circunstancia de que si se mantiene este criterio, las v&iacute;ctimas del franquismo y sus descendientes no tendr&aacute;n derecho a la justicia y el Estado se negar&aacute; por ley a asumir sus responsabilidades frente a las violaciones graves de los derechos civiles y los derechos humanos.    VI) Por &uacute;ltimo, debemos remarcar una vez m&aacute;s que este tipo de proposiciones tienen un componente adicional que demuestra la mala fe y es el reducir el inventario de cuestiones pendientes relacionadas con las v&iacute;ctimas del franquismo a la &uacute;nica cuesti&oacute;n de los juicios sumar&iacute;simos, desconociendo de hecho y de derecho todas las reclamaciones que est&aacute;n recogidas en el &quot;Plan de Acci&oacute;n&quot; que fue incluido oportunamente en el documento &quot;La Cuesti&oacute;n de la Impunidad en Espa&ntilde;a y los Cr&iacute;menes Franquistas&quot;, hecho p&uacute;blico el 14 de abril de 2004, as&iacute; como en la declaraci&oacute;n &quot;Entre la cobard&iacute;a moral y la ilegalidad&quot;, donde se ratifican todas las declaraciones tem&aacute;ticas y que ha sido apoyada por la pr&aacute;ctica totalidad de asociaciones del estado relacionadas con la problem&aacute;tica de la impunidad franquista.    Resulta vergonzoso tener que recordar a los Grupos Parlamentarios que han llegado a este acuerdo que el inventario de problemas pendientes no es arbitrario, no viola la actual constituci&oacute;n y es concordante con el derecho internacional de los derechos humanos, el derecho interno y las normas imperativas de &quot;ius cogens.    Ocultarlo aplicando lo que hoy se denomina la &quot;t&eacute;cnica del ninguneo&quot;, no tendr&aacute; como efecto el que desaparezcan los problemas pendientes y, mucho menos, las obligaciones legales del estado que, antes o despu&eacute;s, &eacute;ste deber&aacute; asumir.    No puede ser de otra forma en un estado de derecho, dado que las caracter&iacute;sticas de los cr&iacute;menes cometidos por el r&eacute;gimen franquista re&uacute;nen las condiciones de imprescriptibilidad reconocidas incluso por el Tribunal Europeo de Derecho Humanos en una fecha tan cercana como el 17 de enero de 2006.    Madrid, 19 de abril de 2007    Gregorio Dionis, presidente del Equipo Nizkor  <\/P><\/p>\n","protected":false},"author":9,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[20],"tags":[],"class_list":["post-735","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-guerra-civil-espanola"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/espai-marx.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/735","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/espai-marx.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/espai-marx.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/espai-marx.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/9"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/espai-marx.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=735"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/espai-marx.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/735\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/espai-marx.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=735"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/espai-marx.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=735"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/espai-marx.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=735"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}